El fenómeno ‘Inquiokupación’ del que tanto se habla: aunque tus inquilinos no paguen, deberás declararlo a hacienda
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La okupación en España crece siendo un problema latente para los propietarios. Desde 2018, este fenómeno ha aumentado hasta en un 46%, y, según los datos del Ministerio del Interior, solo el año pasado se registraron 17.264 ocupaciones. Como vemos, la ley es lenta y desalojar a quien no paga se convierte en toda una odisea para muchos. Además ahora llega la inquiokupación, ¿en qué consiste?
Al parece, el propietario debe declarar los ingresos por las viviendas en la declaración de la renta independientemente de que el inquilino pague mensualmente su alquiler o no.
Eso es toda una injusticia porque se trata de ingresos que realmente no se han percibido y por esto no se acaba de entender.
Qué es la inquiokupación
Según idealista, la ‘inquiokupación’ es una forma híbrida entre ser un inquilino moroso y un okupa. Consiste en entrar en un piso mediante un contrato de alquiler, dejar de pagar las cuotas y quedarse a vivir en la casa en cuestión.
Aunque su nombre lleva implícita la palabra ocupación, la ‘inquiokupación’ responde más a ser un inquilino moroso, ya que hay un contrato de por medio y se incurren en impagos. Esto implica que, a nivel legal, no sea una ocupación ni usurpación, por lo que habrá recurrir al desahucio por impago para echar a los ‘inquiokupas’.
Los expertos alertan que esto se está incrementando y no se refiere a personas que son más vulnerables si no que muchas veces son personas que trabajan, tienen recursos económicos y por tanto podrían pagar ese alquiler pero como la ley siempre está en contra, prefieren no hacerlo.
Proceso de desahucio
En este tema, es importante tomar medidas, y el propietario es mejor que empiece un proceso de desahucio por impago si el inquilino deja de pagar la renta. Es factible guardar y conservar todos los documentos sobre estos inicios judiciales.
En la declaración de la renta
Estos rendimientos por alquiler están dentro de los pertenecientes al capital inmobiliario y en la declaración va a la base imponible general. La variación del tipo impositivo está entre un 19% y un 47%.
Es preciso consultar qué sucede con esos pagos dentro de la declaración si ya se ha iniciado un proceso de desahucio por impago.
¿Qué hacer ante este fenómeno?
Expertos en declaraciones a la Cope manifestaron que la inquiokupación no constituye un delito.
Pero si ya te han «okupado» tu casa, lo primero que tienes que hacer es ir a la policía, interponer una denuncia y solicitar el desalojo a la par que buscas un abogado.
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