Esto es lo que tienes que hacer con la cuenta del banco de un fallecido, según los expertos: hay sanciones
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¿Sabes lo que tienes que hacer con la cuenta bancaria de un familiar que acaba de fallecer? Puede que el primer impulso sea sacar el dinero, y más si por ejemplo es un padre o madre, para luego informar al banco del fallecimiento, pero cuidado con los pasos que sigues porque todo se puede acabar convirtiendo en un pago de sanciones que es mejor evitar. Conviene saber bien, tal y como explican los expertos, qué hacer de forma correcta, cómo se comunica el fallecimiento al banco y cómo podemos proceder con esa cuenta bancaria.
No olvides nunca que cualquier cuenta bancaria, no deja de ser un acuerdo financiero entre la persona que la abre y la empresa, es decir, el banco. De este modo, el cliente deposita el dinero, y la entidad bancaria lo custodia y también lo administra. De este modo, no puede venir un tercero a operar esa cuenta, o a sacar dinero y cuando además fallece el cliente, la cuenta sigue estando operativa, es decir se siguen aplicando cargos y comisiones, de modo que como decimos, lo primero de todo es informar al banco para que no nos puedan reclamar cualquier deuda que se genere y segundo proceder de forma legal.
Esto es lo que tienes que hacer con la cuenta del banco de un fallecido
Según la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin), lo primero que se debe hacer es acudir a la Administración Tributaria ya que es allí donde nos van a decir si la persona fallecida tenía una o varias cuentas bancarias. Recuerda que los bancos están obligados a informar a Hacienda sobre todas las cuentas a nombre de un contribuyente, de modo que la Agencia Tributaria dispone de un registro actualizado.
Con ello no sólo vamos a conocer cuántas cuentas tenía la persona, también nos van a decir si existen deudas pendientes, préstamos o saldos negativos. Una vez hecho esto, tenemos que ir al banco con el certificado de defunción, y si tenemos, una copia del testamento. Si la persona que ha muerto no dejó testamento, podemos ir al notario primero y hacer una declaración de herederos que llevaremos luego al banco.
Además, los herederos deberán aportar la documentación que acredite la aceptación, partición y adjudicación de la herencia, es decir, los papeles que demuestran cómo se reparte el patrimonio entre los beneficiarios. A partir de tener esta documentación el banco puede autorizar cualquier movimiento en la cuenta del fallecido.
Pero mientras no llevemos eso, y si sólo vamos con el certificado de defunción, la cuenta quedará bloqueada y conseguiremos que no se hagan cargos, como comisiones de mantenimiento, pero tampoco vamos a poder sacar dinero o hacer transferencias. Los ingresos en cambio, como pagos atrasados o devoluciones, sí que se podrán seguir recibiendo.
Qué consecuencias puede tener no cerrar la cuenta
Una de las advertencias más repetidas por Asufin y por los expertos financieros es que no cerrar la cuenta del fallecido puede generar deudas innecesarias. Como decimos, las entidades siguen aplicando comisiones de mantenimiento, tarjetas o transferencias automáticas aunque el titular haya muerto. Con el paso de los años, esos cargos se acumulan y acaban afectando al heredero que reclame la herencia.
Por eso, lo más recomendable es notificar el fallecimiento al banco lo antes posible. La comunicación la puedes hacer de forma presencial, en la sucursal donde el titular tenía su cuenta, o a través de un escrito formal acompañado de los documentos acreditativos. Si el banco no recibe aviso, la cuenta permanece activa y sigue generando esos movimientos automáticos que queremos evitar, incluso en descubierto.
Otro punto importante es que los herederos no pueden disponer del dinero hasta completar el proceso legal. Cualquier intento que se haga de sacar fondos sin haberlo comunicado ni acreditado la herencia puede considerarse una irregularidad. En casos extremos, las autoridades podrían aplicar sanciones por apropiación indebida o fraude fiscal, ya que el dinero forma parte de un patrimonio que aún no se ha adjudicado oficialmente.
Qué pasa con las cuentas que nadie reclama
No todas las cuentas de personas fallecidas son reclamadas. En algunos casos, los familiares desconocen su existencia o no completan los trámites por falta de documentación. Según la Asociación de Usuarios Financieros, cuando una cuenta permanece inactiva durante 20 años sin que nadie reclame sus fondos, el dinero pasa al Estado.
Esto se debe a que la legislación española considera esos fondos como herencias vacantes. En la práctica, Hacienda pasa a ser la heredera legítima y los fondos se incorporan al Tesoro Público. «Lo más habitual es que exista alguien que dé aviso a la Agencia Tributaria, que dispone de un canal específico para informar sobre estas cuentas abandonadas en las que el Estado pasa a ser heredero», explica Asufin.
Pero este proceso no es inmediato. Primero se intenta localizar a posibles herederos legítimos mediante consultas a los registros civiles y al Registro General de Actos de Última Voluntad. Sólo si no se encuentra a ningún beneficiario durante dos décadas, el dinero se transfiere a las arcas del Estado.
Cómo evitar problemas y sanciones
Los expertos recomiendan actuar con rapidez y transparencia ante el fallecimiento de un familiar titular de una cuenta. Avisar al banco, recopilar los documentos necesarios y tramitar la aceptación de la herencia son pasos que pueden evitar sanciones y gastos innecesarios.
También es importante que los herederos no intenten usar la cuenta sin haber completado el proceso, incluso si disponen de la tarjeta o las claves. Aunque pueda parecer un gesto inocente (como pagar una factura pendiente), se considera una infracción. El banco tiene la obligación legal de bloquear cualquier operación hasta que se acredite la titularidad de los fondos.
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