Esto es lo que deberías cobrar por tu baja laboral
El importe de la baja laboral dependerá de la base reguladora del trabajador pero también de la enfermedad.
El importante cambio que llega a España para revolucionarlo todo: las bajas laborales no serán lo mismo
Estos son los cambios que va a sufrir la baja laboral a partir del 1 de abril
Ponerse enfermo o también, tener un accidente mientras se está trabajando puede llevarnos a tener que pedir, o a que nos den una baja y aunque lo importante es recuperarse, lo cierto es que a más de un trabajador le preocupará saber que salario le queda por no ir a trabajar mientras está de baja. Esto es lo que dice la Seguridad Social ya que el importe puede variar en función de varios factores. Veamos entonces lo que deberías cobrar por tu baja laboral.
Lo que debes cobrar por tu baja laboral
Cuando estás de baja son varias los aspectos a tener en cuenta cuando se trata de averiguar que es lo que se va a cobrar por estar sin trabajar debido a una enfermedad o accidente. Principalmente se debe tener en cuenta la base reguladora que tengamos que condicionará el importe a cobrar.
En este sentido entonces, deberemos tener en cuenta el resultado de «dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior a la fecha en que se inició la incapacidad por el número de días a que se refiere dicha cotización (en concreto, este divisor será: 30, en el caso de que el trabajador tenga un salario mensual; 30, 31 o 28, 29 si el salario es diario)» tal y como explica la Seguridad Social desde su portal.
Y por otro lado, dependiendo de la naturaleza de la baja se aplicarán ciertos porcentajes sobre esa base reguladora.
No se cobra nada los tres primeros días de baja
En este sentido, se distinguen dos tipos de bajas: las que se producen por enfermedad común o por accidente laboral. En función de esto cobraremos una cantidad u otra.
De hecho, la Seguridad Social deja claro que si se trata de un caso de baja por enfermedad común, se cobra el 60 por ciento de la base reguladora pero a partir del cuarto día hasta el vigésimo día (ambos inclusive), y el 75 por ciento a partir del día 21 en adelante.
En el caso de que la baja se produzca por enfermedad o accidente laboral, el trabajador comienza a cobrar el 75% de su base reguladora al día siguiente de la baja.
Requisitos para cobrar la baja
Hay que recordar que para percibir el pago de una baja por enfermedad común (accidente no laboral) es necesario haber cotizado 180 días en los cinco años anteriores al hecho que ha llevado a tener que estar de baja.
Y en el caso de que se produzca una baja por accidente o enfermedad laboral no se aplica requisito de cotización alguno.
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