La declaración de la Renta se podrá presentar el próximo 5 de abril a través de Internet
La Campaña del IRPF comienza el miércoles 5 de abril para aquellos contribuyentes que decidan presentar su declaración de la Renta a través de Internet. Los que prefieran entregarla en papel de forma presencial en las oficinas de la AEAT podrán hacerlo a partir del 11 de mayo.
Este año la principal novedad es que desaparece definitivamente el «Programa Padre» de ayuda a la confección de la declaración de la renta, que ya se eliminó el año pasado para la mayoría de los contribuyentes y que únicamente pudieron utilizar los declarantes de actividades económicas, fundamentalmente autónomos.
Por segunda campaña de la renta, los contribuyentes dispondrá del sistema informático «Renta web», que se generaliza ya para todos los declarantes con independencia de la naturaleza de sus rentas (del trabajo, capital o actividades económicas) y que ha sustituido al «Programa Padre» y al «borrador del IRPF», ya que se trata de una mezcla de ambos.
Al sistema se accederá desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria Su principal ventaja es que el contribuyente verá despejados obstáculos directamente relacionados con la descarga informática de la información del borrador (que hasta ahora sólo recogía unas determinadas rentas) o del citado «Programa Padre».
Para acceder, habrá de identificarse de la manera habitual (con DNI electrónico, certificado, o bien mediante clave y número de referencia de la anterior declaración). Una vez dentro del sistema, la AEAT informará de la posible existencia de diferencias entre los datos de la última declaración y los existentes en el momento y deberán validarse o corregirse los datos identificativos del contribuyente.
Una vez finalizado el proceso, si la declaración sale a pagar el contribuyente deberá e ir al banco con el documento acreditativo de la presentación de la declaración, o bien realizar el ingreso a través de una transferencia electrónica.
Para presentar la declaración del IRPF de manera presencial, habrá que esperar hasta el 11 de mayo y, en ambos casos, se extenderá hasta el 30 de junio. Si el resultado sale a ingresar y se quiere domiciliar el pago, el plazo concluye el día 26 de junio.
Otra de las novedades de la campaña de este año es la posibilidad de solicitar la rectificación de autoliquidación del impuesto a través de la propia declaración cuando el contribuyente ha cometido errores u omisiones que determinen una mayor devolución a su favor o un menor ingreso.
De esta forma, si el contribuyente marca la casilla de solicitud de rectificación que aparecerá en el propio modelo, la declaración hace las funciones de escrito de solicitud de rectificación de la autoliquidación. Además, esta solicitud podrá acompañarse de la documentación en que se basa la misma y los justificantes, en su caso, del ingreso efectuado por el contribuyente.
Los citados documentos o escritos podrán presentarse a través del registro electrónico de la Agencia Tributaria o en el registro presencial del organismo.
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