Declaración de la Renta 2025: todas las fechas que tienes que saber y las novedades del IRPF
La campaña para hacer la declaración de la Renta comienza este próximo 8 de abril
Alerta en la declaración de la Renta 2026: ni se te ocurra poner esto en el borrador porque Hacienda te va a cobrar un dineral
Alerta en la declaración de la Renta 2026: ni se te ocurra poner esto en el borrador porque Hacienda te va a cobrar un dineral
La campaña de la Declaración de la Renta vuelve cada año con fechas muy marcadas y cambios que conviene tener claros desde el principio. En este caso, la correspondiente a la Renta 2025, que se presenta ahora en 2026, llega con algunas novedades relevantes y un calendario que, aunque similar al de otros años, introduce matices que pueden afectar a muchos contribuyentes, de modo que es importante conocer bien las fechas y también qué novedades se introducen este año.
Y es que cuando hablamos de hacer la declaración de la Renta 2025, no se trata sólo de cumplir con Hacienda, sino de hacerlo bien y a tiempo. Saber cuándo empieza cada fase, qué plazos hay según el tipo de presentación o qué cambios introduce el IRPF puede evitar errores, prisas de última hora o incluso sanciones. Además, este año hay ajustes importantes que afectan a trabajadores, personas con varios pagadores o quienes pueden beneficiarse de nuevas deducciones. Por eso conviene repasar todo con calma antes de que arranque la campaña.
Cuándo empieza y cuándo termina la Renta 2025
El calendario ya está definido y conviene tenerlo claro desde el principio. La campaña de la Renta 2025 arranca el 8 de abril de 2026 y se prolonga hasta el 30 de junio de 2026, que será el último día para presentar la declaración en cualquier modalidad .
A partir de esa fecha de inicio, ya se podrá acceder al borrador y presentar la declaración por internet, que sigue siendo la opción más rápida y utilizada por los contribuyentes. Antes incluso de que comience oficialmente, desde marzo ya es posible consultar los datos fiscales, algo que permite adelantarse y revisar posibles errores con tiempo .
Fechas clave según la forma de presentación
No todos presentan la declaración de la misma forma, y eso influye directamente en los plazos. Estas son las fechas que conviene tener apuntadas:
- Por internet: del 8 de abril al 30 de junio de 2026
- Por teléfono: del 6 de mayo al 30 de junio (con cita previa desde el 29 de abril)
- Presencial en oficinas: del 1 de junio al 30 de junio (cita desde el 29 de mayo)
Además, hay un detalle importante que suele pasar desapercibido y es que si el resultado sale a pagar y se quiere domiciliar el pago, el plazo suele acortarse unos días, normalmente hasta finales de junio.
Una novedad importante para quienes tienen dos pagadores
Uno de los cambios más comentados este año afecta a quienes han tenido más de un pagador, algo bastante habitual en situaciones como cambios de trabajo o cobro de prestaciones.
El límite de ingresos para no tener que presentar la declaración se ha actualizado y pasa a situarse en 15.876 euros anuales en estos casos . Esto implica que algunas personas que antes estaban obligadas a declarar ahora pueden quedar exentas. Es un ajuste vinculado a la subida del salario mínimo y puede tener impacto directo en muchos contribuyentes.
Deducciones nuevas y cambios en el IRPF
La campaña de este año también incorpora algunas novedades en el impuesto que conviene revisar con detalle.
Una de las más destacadas es una nueva deducción para trabajadores con rentas bajas, especialmente vinculada a quienes cobran el salario mínimo. En algunos casos puede alcanzar hasta 340 euros, dependiendo del nivel de ingresos .
Además, se mantienen o amplían otras deducciones relacionadas con aspectos como:
- Eficiencia energética en viviendas
- Compra de vehículos eléctricos
- Instalación de puntos de recarga
A nivel autonómico también hay cambios, con nuevas deducciones en algunas comunidades relacionadas con gastos cotidianos, aunque estas varían según el territorio. Por ejemplo en Andalucía nos podemos deducir los gastos del veterinario.
Cambios en el control fiscal y nuevas obligaciones
Otro punto que gana peso este año es el control por parte de Hacienda. Se refuerza la vigilancia sobre determinados movimientos económicos, especialmente en ámbitos donde antes había más margen. Entre ellos destacan:
- Operaciones con criptomonedas
- Ingresos procedentes de alquileres turísticos
- Movimientos en plataformas digitales o neobancos
- Pagos a través de herramientas como Bizum en actividades profesionales
Esto no implica necesariamente cambios en lo que hay que declarar, pero sí un mayor control sobre la información que ya se debe incluir.
Quién está obligado a hacer la declaración
Aunque no todos los contribuyentes tienen que presentar la Renta, conviene revisar bien cada caso. En general:
- Si se tiene un sólo pagador, el límite suele situarse en 22.000 euros anuales
- Si hay dos o más pagadores, el límite baja a 15.876 euros en determinadas condiciones
Además, hay casos en los que la obligación existe independientemente de los ingresos, como ocurre con los autónomos, que deben presentar la declaración siempre. También es importante tener en cuenta que algunas prestaciones, como las de maternidad o paternidad, siguen estando exentas de tributar en el IRPF .
Un trámite que conviene no dejar para el final
Cada año se repite la misma situación: muchos contribuyentes esperan hasta los últimos días para presentar la declaración. Sin embargo, lo recomendable es hacerlo con margen. Revisar el borrador, comprobar los datos y analizar posibles deducciones puede marcar una diferencia importante en el resultado final. No es raro que pequeños detalles cambien la cantidad a pagar o a devolver. La campaña de la Renta 2025 no introduce cambios radicales, pero sí ajustes que conviene tener en cuenta.
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