Cómo reclamar a Hacienda los 4.000 euros del IRPF paso a paso: guía para mutualistas
Así pueden reclamar los mutualistas a Hacienda lo pagado de más en el IRPF
En los últimos días de 2024, Hacienda tomó la decisión de suspender la devolución del IRPF a los mutualistas después de pagar 1.300 millones hasta noviembre. Desde la Agencia Tributaria tomaron esta decisión por sorpresa sobre los pensionistas que en su día cotizaron de más a mutualidades laborales y que se vieron beneficiados de una sentencia histórica del Tribunal Supremo. A partir de 2025, desde la Administración devolverán la cantidad año a año y no de forma íntegra.
Los mutualistas siguen en el foco de la noticia después de que Hacienda haya decidido cancelar los pagos a los que cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024. Desde la Agencia Tributaria tomaron esta decisión tras haber devuelto 1.300 millones a los pensionistas que en su día cotizaron de más, que habían presentado el formulario coincidiendo con la campaña de la declaración de la renta.
Hacienda abrió el pasado mes de marzo un canal a través de la web oficial de la Agencia Tributaria para que los mutualistas reclamaran las cantidades que pagaron de más en el IRPF después de una sentencia histórica del Tribunal Supremo. El Alto Tribunal, a través de la sentencia 707/2023, obligaba a la Administración a proceder a la devolución íntegra a las personas que tributaron al 100% antes del 1 de enero de 1967 y del 25% a los que lo hicieron entre 1967 y 1978.
Hacienda y la devolución del IRPF a mutualistas
Esta sentencia del Tribunal Supremo afectó a alrededor de 4,5 millones de mutualistas que tenían la oportunidad de reclamar en la última campaña de la declaración de la renta los ejercicios no prescritos, que van desde 2019 a 2023. Después de devolver hasta 1.300 millones, la Agencia Tributaria emitió un comunicado confirmando la cancelación de las devoluciones.
«Queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024», informó Hacienda en el titular del comunicado. «También quedan sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, cualquiera que sea la vía que se haya utilizado para su solicitud», explicó en el cuerpo.
Desde la Agencia Tributaria también dejaron claro que: «A partir del 22 de diciembre de 2024, queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad a dicha fecha».
Cómo reclamar la cantidad a Hacienda
De esta manera, desde la Agencia Tributaria se emplaza a realizar la reclamación mediante un formulario año a año. «Las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos que resulten de la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF se podrán solicitar año a año, a partir de 2025, mediante la presentación de los correspondientes formularios de solicitud de devolución que se pongan a disposición de los mutualistas en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria», afirmó. De esta manera, en 2025 se podrá solicitar la devolución correspondiente al IRPF del ejercicio 2019 y al de los anteriores no prescritos.
Si eres uno de los afectados, lo primero que tienes que saber es que desde Hacienda habilitarán un formulario coincidiendo con la campaña de la declaración de la renta que irá desde el 2 de abril al 30 de junio. Ahí, desde la Agencia Tributaria, se habilitará un formulario en el que sólo habrá que añadir los datos personales y el número de cuenta al que debe ir el ingreso. No hará falta añadir más datos, ya que estos están a disposición por la Administración. En caso de que algo no concuerde, desde Hacienda se pondrán en contacto con los beneficiarios.
Las personas que realizaron el formulario con anterioridad al 22 de diciembre de 2024 y no han recibido la confirmación de Hacienda tienen la opción de reclamar y, además, también solicitar los intereses del 4,0625% por haber superado el 1 de enero, fecha que se impone Hacienda para proceder a las devoluciones. Si en su día solicitaste la devolución en tiempo y forma y Hacienda no ha procedido a la devolución por esta cancelación, si acudes a la justicia, puedes acabar teniendo la razón y recibiendo la cantidad íntegra del IRPF pagado de más en su día. Para ello habrá que presentar una serie de documentos como los certificados de la presentación de la solicitud, el número de registro y el código de verificación.
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