La Audiencia Nacional fija el 15 de enero para iniciar el juicio por las emisiones de pagarés de Rumasa
La Abogacía del Estado podría presentar hasta el próximo 2 de octubre un recurso de casación ante el Tribunal Supremo
Un hijo de Ruiz-Mateos: «No tenemos nada, estamos arruinados»
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional confirmó el pasado lunes los días en que se celebrarán las sesiones orales del caso Nueva Rumasa a partir del próximo mes de enero de 2024, según fuentes conocedoras del caso han comunicado en exclusiva a OKDIARIO. Un total de 29 sesiones inamovibles que tendrán lugar entre enero y abril del próximo año, después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ordenara a principios del pasado verano calcular, de nuevo, el valor del Grupo Rumasa, 40 años después de su expropiación.
Según la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid, a la que tuvo acceso este digital a principios del pasado verano, se admite la pretensión de la familia de Ruiz-Mateos -en concreto, de la viuda de José María Ruiz-Mateos, María Teresa Rivero Sánchez-Romate-; de fijar el justiprecio de la totalidad de las acciones y participaciones del emporio empresarial. Este fallo cuantifica el justiprecio en casi 14.000 millones de euros -en concreto, en 13.712.265.803,19 €-, que deberá volver a calcularse a través de la puesta en marcha de un procedimiento administrativo.
Así empezó todo
En febrero de 1983, el Estado planteó tres opciones para la expropiación del Grupo Rumasa. En primer lugar, la expropiación de las acciones de Rumasa, S.A. -de las que colgaban las demás mercantiles- con el objeto de controlarlas a todas ellas-, lo cual hubiera impedido la toma de posesión inmediata de dichas sociedades. En segundo lugar, la adquisición de los activos de Rumasa, S.A., lo cual implicaba también la asunción de sus pasivos y generaba el mismo problema: entre los activos estarían las acciones de sociedades participadas y dentro, había que acometer el procedimiento de cambiar el órgano de Administración, lo cual de nuevo hubiera dificultado el control inmediato de las mercantiles.
En tercer lugar, la opción por la que finalmente se optó: expropiar las acciones de Rumasa, S.A., así como la totalidad de las acciones y participaciones sociales -las sociedades limitadas- de todas las mercantiles del grupo. Así, en el mismo acto de expropiación, el Estado tomó el control inmediato del grupo en febrero de 1983. Ello comportó la apertura de tantas piezas de justiprecio como sociedades cuyas acciones eran expropiadas: de unas 200 sociedades expropiadas, en algo más de la mitad los justiprecios resultaron positivos. «Se pagó a los minoritarios», indican fuentes conocedoras del caso, «pero la parte mayoritaria (la de Rumasa S.A.) quedó en un limbo y, ni la pagaron, ni la consignaron en la Caja General de Depósitos» y por ello «se solicitó la retasación que fue negada por no estar determinado el justiprecio, cuestión que se solicitó después: la determinación definitiva del justiprecio». Desestimado en vía administrativa, se llega así hasta el pasado junio, cuando el TSJ de Madrid dio la razón a la familia Ruiz-Mateos.
Los hijos de José María Ruiz Mateos, acusados por las emisiones de pagarés del caso Nueva Rumasa, han puesto a disposición de los perjudicados los derechos que les puedan corresponder como herederos de su padre en la reclamación por la expropiación de Rumasa, que valoran en importes muy superiores, según confirman fuentes cercanas a OKDIARIO.
Sesiones orales de 2024
Así las cosas, tras el fallo del TSJ de Madrid, la Audiencia Nacional confirmó el pasado 11 de septiembre que las sesiones orales se celebrarán, de forma definitiva, en las siguientes fechas del próximo año 2024:
- 15, 16, 17, 22, 23, 29 y 30 de enero
- 5, 6, 12, 13, 19, 20, 26 y 27 de febrero
- 4, 5, 11 y 12 de marzo
- 2, 3, 4, 8, 9, 15, 16, 22, 23 y 24 de abril
El fiscal ejerce la acusación pública y también interviene como acusación muchos de los perjudicados por las emisiones de pagarés de Nueva Rumasa. Por su parte, las defensas de los acusados piden la absolución.
¿Recurrirá el Estado?
Por otro lado, no será hasta como máximo lunes, 2 de octubre -antes de las 15h-, que no se conozca si el Abogado del Estado presentará finalmente recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Según expertos jurídicos, “si el TSJ lo recibe, aún habrá por delante al menos un año para conocer si el Supremo lo admite a trámite”. “La solidez de la sentencia del TSJ, que hace un análisis exhaustivo concluyendo que no hay cosa juzgada, hace poco probable que el Estado anuncie recurso de casación, pues ello exige acreditar un interés casacional, aunque quizás el Estado se deje llevar por la entidad económica del asunto para justificar la presentación de su recurso”.
Ahora bien, según otras fuentes apuntan a este diario, “a este recurso no le afecta la reciente modificación procedimental que restringe los recursos de casación, pues es para sentencias dictadas a partir del pasado 28 de julio”. En todo caso, “si el Estado no recurriera, la Administración tendría que reanudar la tramitación del expediente administrativo y acabar emitiendo una resolución sobre el fondo del asunto”. Así, la vista sobre este gran caso del grupo Rumasa queda puesta en el posible recurso de casación a presentar por la Abogacía del Estado, antes del próximo 2 de octubre; así como en las sesiones orales de los primeros cuatro meses de 2024.
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