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Palo a Bartomeu: rechazo de la Asamblea al nuevo límite de crédito del Barcelona

La Asamblea General de Socios Compromisarios del FC Barcelona ha rechazado este sábado el cambio en dos artículos de los Estatutos del club, en su vertiente económica, evitando así que la Junta Directiva pudiera pedir préstamos por encima del 10% de endeudamiento.

En el apartado financiero, se ha rechazado modificar el artículo 66, «relativo a la capacidad del club para formalizar operaciones de crédito», negando a la Junta Directiva poder pedir préstamos o créditos que superen el límite actual del 10% de endeudamiento respecto al presupuesto de ingresos.

Un cambio importante en los Estatutos que varios Compromisarios pidieron votar de forma separada al resto, y finalmente se separó el bloque económico, votándose juntas las modificaciones de los artículos 20 (relacionado directamente con el artículo 66) y el propio artículo 66, de los otros bloques.

Con la presencia de 504 Compromisarios, las modificaciones económicas fueron rechazadas con 247 votos a favor, 201 en contra y 55 en blanco, al no alcanzar los dos tercios de aprobación necesarios para llevar a cabo un cambio en los Estatutos.

Por otro lado, el resto de cambios sí fueron aprobados por 436 votos a favor, 36 en contra y 28 en blanco. En el ámbito social, se dio luz verde a los cambios respecto al ‘día hábil a los efectos de la promoción del voto censura y de las elecciones a la presidencia del club’ (artículos 9, 16, y 23).

Se entenderán como días hábiles todos los días naturales, exceptuando del cómputo los domingos y días festivos en Cataluña. Además, los senadores solo podrán ser los socios con números inferiores a 1001 (art.9).

Además, en el artículo 55, se especifica que todos los apoyos recogidos por los promotores del voto de censura deben ser entregados al club, para su recuento y comunicación pública, por el deber de transparencia y de responsabilidad del FC Barcelona hacia sus socios.

También se reconoce a la Confederación Mundial de Peñas como ‘el órgano vertebrador del movimiento peñístico en el territorio, a través de sus respectivas federaciones’ (art.16).

También se modificará el artículo 44, incrementando el número de socios suplentes para integrar la Junta Electoral (cinco titulares y otros cien suplentes). En total, se sometieron a votación los artículos 4º, 7º, 9º, 16º, 20º, 23º, 44º, 55º, 56º, 66º y 73º de los Estatutos.