Estado de alarma: ¿Podemos circular con la ITV o el permiso de conducir caducados?
La DGT permitirá alargar los plazos para renovar el permiso de conducir o la ITV en el caso de que caducaran en el periodo del estado de alarma.
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El estado de alarma decretado hace ya más de un mes, ha provocado que debamos adaptarnos a la situación de vivir sin apenas servicios a marchas forzadas, de modo que son muchas las personas que se preguntan qué sucede si por ejemplo cogemos el coche sin haber renovado el permiso de conducir o no hemos pasado todavía la ITV. La DGT responde todas estas dudas y lo cierto es que es bastante clara al respecto.
¿Podemos circular con la ITV o el permiso de conducir caducados durante el estado de alarma?
Si tu carnet de conducir o la ITV caducaron durante el periodo actual de estado de alarma, es normal que te preocupes por si la policía te para en uno de los muchos controles que están haciendo, pero lo cierto es que si detienen tu vehículo en uno de esos controles, lo hacen para saber qué motivo justificado tienes para moverte por carretera y no tanto porque lleves la ITV caducada o tu permiso haya caducado.
Evidentemente si un policía o un guardia civil te para en carretera, seguramente te comentará que debes renovar el permiso o la ITV pero no te va a multar, siempre y cuando, te haya caducado en este periodo de alarma, si bien la DGT ha explicado que no se aplicarán multas a carnets caducados así como a ITV caducadas a partir del 14 de marzo, fecha en la que se decretó el Estado de alarma.
Es más, todas aquellas personas en esta situación tendrán una prórroga de hasta 30 días o 60 días una vez haya finalizado el estado de alarma, de modo que cuando por fin se vuelva a la normalidad, vamos a tener dos meses de margen para poder renovar nuestro permiso de circulación o un mes para pasar la revisión del coche y de este modo, renovar la ITV.
¿Y qué ocurre si ya teníamos una cita con la jefatura de tráfico para renovar el permiso o con un taller para realizar la Inspección Técnica del Vehículo? Pues evidentemente, con estos servicios cerrados, las citas han quedado anuladas por lo que actualmente se está estudiando de qué modo se van a gestionar todo el aluvión de citas pendientes que van a tener que atender una vez se supere el estado de alarma.
Qué ocurre si no he pasado la ITV
La DGT informa desde su página web que será el Ministerio de Industria el que establezca de qué modo se va a proceder con los vehículos que debían pasar la ITV desde el 14 de marzo. Cuando se haya superado el estado de alarma se espera no sufrir un colapso en el sistema de Inspección Técnica de Vehículos, de modo que veremos qué plazos disponen o si realmente nos quedamos con ese mes de margen que ya se ha anunciado.
Por otro lado, existe también la duda de si los conductores se van a poder seguir beneficiando del descuento que suele haber para las inspecciones que se hacen en plazo aunque el estado de alerta haya provocado que se retrase, y lo cierto es que así es, ya que la medida depende de la fecha de caducidad del vehículo, de modo que si esta se ha atrasado en el tiempo, así lo hacen también cualquier descuento o recargo, según corresponda.
En el caso de los vehículos que no superaron la primera ITV antes del estado de alarma, pero que estaban a la espera de la segunda tras reparar todos los fallos detectados, no van a poder circular ya que por el momento es considerado como «no apto».
Para quiénes se estaban sacando el carnet de conducir
En cuanto a aquellas personas que se estaban sacando el carnet de conducir antes del estado de alarma, la DGT informa que el plazo de vigencia para presentarse a la prueba se ampliará en función del tiempo que dure el estado de alarma, de modo que la persona no perderá la convocatoria.
Para dicha prórroga , la DGT establece los siguientes plazos:
- Dos años de periodo de vigencia de las pruebas superadas para la obtención de permisos y licencias de conducción.
- Seis meses de periodo de vigencia de las pruebas superadas para la obtención de autorizaciones para la conducción de vehículos que transportan mercancías peligrosas.
- Un plazo de seis meses entre convocatorias de un mismo expediente.
Por último, aquellos alumnos que estuvieran dando las clases prácticas de conducir antes del estado de alarma, pueden seguir dándolas si tienen la opción de realizarlas de forma online.
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