El juez abre diligencias contra el Carnaval de Torrevieja por el desfile de niñas con lencería erótica
El juez ha solicitado al Ministerio Fiscal que informe sobre "la tipicidad de los hechos denunciados"
La decisión del juez se produce en respuesta a una denuncia presentada por la Fundación Española de Abogados Cristianos
Abogados Cristianos afirma que es "una buena noticia" porque "se trata de que protejamos la inocencia de los niños"
El Juzgado de Instrucción número 1 de Torrevieja, en Alicante, ha abierto diligencias previas a raíz del desfile de niñas en lencería erótica en el Carnaval de Torrevieja, que se ha llevado a cabo este mismo mes de febrero. La decisión judicial se produce después de que la Fundación Española de Abogados Cristianos dirigiera una denuncia contra los organizadores del citado Carnaval por permitir que en el desfile «participaran menores en ropa interior», según esta misma organización.
El escándalo que ha precedido a la apertura de las diligencias judiciales se produjo cuando se conoció aquel desfile de niñas en ropa interior en el Carnaval de Torrevieja a raíz de la publicación de un vídeo en redes sociales. Ese vídeo llegó a sumar miles de reproducciones en apenas unas horas en esas redes sociales.
En el citado vídeo, se podía ver a varias niñas de una misma comparsa de Torrevieja ataviadas con ligueros y medias cortas negras, ajuares considerados como lencería erótica. Las menores desfilaron maquilladas y semidesnudas de cintura para abajo.
Abogados Cristianos, una fundación civil que defiende los valores cristianos y que preside Polonia Castellanos, decidió llevar el caso ante el Juzgado de Instrucción número 1 de Torrevieja, al entender de la presunta existencia de un delito.
Ahora, ese mismo juzgado ha emitido un auto, al que ha tenido acceso OKDIARIO. En ese auto, el magistrado dispone que se incoen diligencias previas. Y, además, que se dé cuenta de esa incoación al Ministerio Fiscal «a fin de que informe sobre la tipicidad de los hechos denunciados».
En su razonamiento jurídico, el magistrado explica que: «Cuando de los términos de la noticia que se reciba en el juzgado de instrucción se deduzca que estamos ante un hecho que pudiera revestir características de ilícito penal, es obligación del juez de instrucción incoar diligencias, en averiguación de las circunstancias que sea posible determinar en relación con el hecho, así como la identificación de las personas que han intervenido; la de quienes han podido resultar afectados por lo acaecido, y todo cuanto pueda influir en la calificación de los hechos aparentemente ilícitos (tanto a favor como contra quien es denunciado y es llamado como investigado)».
Por su parte, Polonia Castellanos, presidenta de la Fundación Española de Abogados Cristianos manifestado que la decisión judicial es «una buena noticia». Porque, según ha explicado: Se trata de que protejamos la inocencia de los niños y de que evitemos que se les hipersexualice y que el objetivo final sea la despenalización de otros delitos con menores mucho más graves».
Polonia Castellanos ha agregado que «esperamos que finalmente haya una sentencia condenatoria contra los responsables de este carnaval tan bochornoso y los que encima dieron un premio al mismo».
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