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Palma aprueba la ordenanza que prohíbe vivir en autocaravanas con multas de hasta 1.500 euros

Si es una persona en situación de vulnerabilidad social la infracción podría quedar suspendida

Los conductores de patinetes tendrán que tener un seguro de responsabilidad civil de 120.000 euros

  • Indalecio Ribelles
  • Redactor de OKBaleares, información local de Palma, social y política. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Palma ha aprobado inicialmente la ordenanza que prohíbe vivir en autocaravanas y que lo sanciona con multas de hasta 1.500 euros.

La nueva Ordenanza para el Fomento de la Convivencia Cívica de Palma, que será ratificada por el pleno previsiblemente el próximo mes de diciembre, fija nuevas sanciones que regulan el uso de autocaravanas como viviendas, permite las visitas de grupos de turistas con guía con un máximo de 20 personas y prohíbe la circulación de patinetes y otros vehículos de movilidad personal por las aceras.

El encargado de desgranar esta nueva normativa ha sido el alcalde de Palma, Jaime Martínez, quien en rueda de prensa ha explicado este miércoles que esta ordenanza ha recogido un centenar de propuestas de organizaciones de la sociedad civil de Palma para ser «lo más consensuada posible».

De este modo, el Ayuntamiento de Palma prohibirá acampar en vehículos en el término municipal, excepto en los lugares específicamente habilitados, por lo que las caravanas y autocaravanas solo de podrán estacionarse en lugares permitidos y no podrán permanecer en el mismo lugar más de diez días.

Martínez ha aclarado que también se restringe el uso de estos vehículos como vivienda con «signos de permanencia» en espacios públicos y las infracciones se considerarán graves, con sanciones de 750 a 1.500 euros. Asimismo, también se habilita a los agentes a proceder a la retirada del vehículo si no se encuentra al responsable del mismo.

No obstante, si la infracción la comete una persona en situación de vulnerabilidad social la infracción podría quedar suspendida si dispone de un informe de vulnerabilidad social y sería derivada a Servicios Sociales.

Martínez ha apuntado que las denuncias serán el «último recurso» si las infracciones son cometidas por menores o colectivos vulnerables y si se corrige la infracción en ese mismo momento sin incidencia.

«Entiendo que un vehículo es para desplazarse, lo que es una vivienda es otra cosa. Un coche, una caravana o una autocaravana no es para vivir», ha contestado a preguntas del alcalde.

Preguntado por si esta ordenanza obligará a reubicarse a las personas que viven en autocaravanas en zonas como Son Gual, Son Hugo o Es Carnatge, el primer edil ha indicado que «cada caso es un mundo» y se tendrá que determinar si están acampadas, si se emplean como viviendas o si «producen otras actitudes incívicas, además del incumplimiento de esta norma».

«La casuística es muy grande y la ordenanza tiene un objetivo que es que en Palma se vive en viviendas, no se vive en caravanas», ha ahondado.

Por lo que se refiere a las visitas turísticas, estarán restringidas a un máximo de 20 personas por guía o cuatro vehículos rodados  (que requerirán de notificación previa) los guías deben llevar el carné oficial visible y se prohíbe el uso de altavoces o megáfonos. La infracción de esta normativa será considerada leve, con multas de hasta 750 euros.

Los patinetes, otros vehículos de movilidad personal y ciclos de más de dos ruedas no podrán circular por aceras, parques o zonas peatonales, los conductores tendrán que disponer de un seguro de responsabilidad civil que cubra hasta 120.000 euros y será obligatorio llevar casco y chaleco reflectante.

En caso de no disponer de seguro, los conductores de estos vehículos podrán ser sancionados con hasta 600 euros y si no lleva casco se les podrá imponer 90 euros de multa.

Al mismo tiempo, los agentes de la autoridad podrán inmovilizar los vehículos en caso de incumplir alguno de estos preceptos, si se detecta que están modificados o si se conducen bajo los efectos de sustancias estupefacientes.

Por lo que se refiere a las empresas de alquiler de este tipo de vehículos, tendrán que tener registrados los mismos y disponer del citado seguro pero en este caso se amplía la cobertura hasta los 800.000 euros y, si circulan en grupos de más de tres personas, tendrán que disponer de autorización previa municipal.