La Audiencia Nacional absuelve por falta de pruebas a los acusados de formar una célula yihadista en Mallorca
Pese a que "simpatizan" con el Estado Islámico, su finalidad no era "capacitarse para cometer un delito terrorista"
Según la sentencia "no basta" el acceso habitual a contenidos relacionados con violencia de corte yihadista
La Audiencia Nacional (AN) ha absuelto a los seis acusados por adoctrinamiento yihadista en Inca (Mallorca), que tenían vídeos «especialmente escabrosos» con contenido radical, al apreciar que pese a que «simpatizan con los postulados» del Estado Islámico (DAESH), tales ideas «no superan el límite de la mera expresión ideológica».
Así consta en una sentencia en la que el tribunal considera que no hay pruebas que confirmen que al acceder al material yihadista tuvieran «como finalidad capacitarse para cometer un delito terrorista».
La Fiscalía apuntó en el juicio a una serie de cuatro vídeos titulados Toufik se fue a Siria, en los que el considerado líder, Tariq C., «con la ayuda de los coacusados», muestra el proceso de radicalización, captación y envío a Siria de Toufik, un joven ficticio residente en Palma, donde se llevaban a cabo las actividades propagandísticas. El personaje fue interpretado por Hussein F., el otro acusado de adoctrinamiento, según su escrito de acusación.
Sobre esta serie, el tribunal explica que «en modo alguno incita a unirse como muyahidín (combatiente islámico fundamentalista) a las filas del DAESH», sino que «desanima a cualquiera a hacerlo». Por ello, «no es posible» considerarlo como un delito de adoctrinamiento terrorista.
La AN concluye que Tariq C. es «un predicador muy conocido entre la población musulmana» por su canal de YouTube y que «se sitúa en la línea salafista de la religión islámica y que puede compartir algunos de los postulados favorables a la ‘yihad’.
Sin embargo, «sus mensajes no tienen un contenido unívoco», siendo que «se aproximan más» a sermones que constan en la causa, como el que dio el 5 de abril de 2014 en la mezquita de Manacor, en el que manifestó que «el deber de todo musulmán es cuidar de sus mayores».
Con respecto al resto de acusados, la AN pone de manifiesto que «no basta» el acceso habitual a internet «buscando informaciones y contenidos relacionados con una concreta forma de violencia política de corte yihadista» para condenarles. Lo que se necesita, continúa, es «la identificación de conductas peligrosas, ya lo sean por sí mismas consideradas o por el destino que se les puede dar», recoge Europa Press.
«La jurisprudencia viene exigiendo unánimemente que se acredite que la autoformación en radicalismo violento vaya dirigida a la comisión de un delito de terrorismo o al adoctrinamiento ajeno», resume el tribunal.
En su escrito de acusación, que recogió esta agencia de noticias, la Fiscalía pedía entre cinco y ocho años de prisión y multas de hasta 12.000 euros por presuntos delitos de adoctrinamiento y autoadoctrinamiento terrorista.
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