Andalucía
Violación grupal en Sevilla

A prisión tres ecuatorianos por la violación grupal a una menor sevillana en un descampado de Écija

La Audiencia acuerda además la sustitución parcial de la pena por la expulsión del territorio español

Uno de los condenados recibe la pena máxima porque protagonizó de forma reiterada y sucesiva tres penetraciones, vaginal, anal y bucal

Tres hombres ecuatorianos han sido condenados a entre 13 años y medio y 15 años de prisión por la violación grupal de una menor sevillana en un descampado de Écija, después de que la Audiencia de Sevilla haya dado por probado que actuaron sobre la joven cuando estaba dormida y con la voluntad anulada por una intoxicación alcohólica casi completa. Además, deberán indemnizarla con 80.000 euros.

La sentencia, dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, considera acreditado que los tres acusados aprovecharon el estado de absoluta vulnerabilidad de la menor para agredirla sexualmente tras llevarla hasta un descampado. El tribunal deja claro que no existió consentimiento posible porque la víctima no estaba en condiciones de decidir libremente, al encontrarse bajo una grave afectación alcohólica. Aunque dos de los acusados sostuvieron durante el juicio que las relaciones fueron consentidas, los magistrados rechazan esa versión y concluyen que la joven tenía completamente anulada su capacidad de autodeterminación.

El fallo, fechado el 14 de abril, impone a dos de los condenados penas de 13 años y 6 meses de cárcel, mientras que al tercero le castiga con 15 años de prisión. En todos los casos, la Audiencia acuerda además la sustitución parcial de la pena por la expulsión del territorio español cuando cumplan las dos terceras partes de la condena, accedan al tercer grado o se les conceda la libertad condicional. También les prohíbe regresar a España durante ocho años desde la fecha de la expulsión.

Los jueces explican que, aunque «es evidente que nos encontramos ante una violación grupal», no condenan a cada uno de ellos por otros dos delitos como cooperadores necesarios porque, desde una perspectiva estrictamente jurídica, no aprecian intimidación ambiental en una víctima que sufrió una pérdida de conciencia muy importante durante la agresión. Aun así, sí aplican la agravación prevista en el Código Penal para los delitos cometidos por la actuación conjunta de dos o más personas.

Uno de los condenados recibe la pena máxima de 15 años porque, según la sentencia, protagonizó de forma reiterada y sucesiva tres penetraciones, vaginal, anal y bucal. Los otros dos son condenados a 13 años y 6 meses porque, pese a no imponérseles la pena más alta, la Audiencia considera que no merecen la mínima dada «la naturaleza y circunstancias de los hechos» y la «triste situación» en la que quedó la víctima.

Violación grupal

La resolución judicial reconstruye lo ocurrido en la noche del 30 de marzo de 2024. La menor salió de fiesta con una amiga y se desplazó hasta una localidad de la provincia de Córdoba, donde consumió alcohol durante un botellón y más tarde en dos discotecas. Al cerrar el último local, sobre las 7:00 horas del 31 de marzo, el grupo con el que se encontraba tuvo que buscar cómo volver a su localidad de origen, en la provincia de Sevilla, en medio de una lluvia intensa y sin transporte propio.

Fue entonces cuando la víctima y uno de sus amigos se subieron al coche en el que iban los tres acusados, que se ofrecieron a llevarlos. Según el tribunal, la joven cayó en un sueño profundo nada más entrar en el vehículo por la gran cantidad de alcohol que había consumido. Una vez quedaron a solas con ella dentro del coche, los tres decidieron dirigirse a un descampado entre las 7:52 y las 8:15 horas para satisfacer sus deseos sexuales. Después de cometer la agresión, la llevaron hasta las inmediaciones de su domicilio.