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La ley del ‘Sólo sí es sí’ de Irene Montero ha vuelto a conseguir que un nuevo agresor salga de la cárcel. Ha sucedido en Sevilla, donde un hombre condenado por agresión sexual con penetración ha logrado rebajar su pena hasta el punto de poder salir de la cárcel y acogerse a los beneficios de este nuevo texto legislativo.
Este hombre fue condenado en mayo de 2018 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por agredir sexualmente en Sevilla a una mujer de nacionalidad nicaragüense, a quien amenazó con hacerlo «por las buenas o por las malas». Hoy, este agresor ya deambula por las calles de Sevilla gracias a la legislación de la ministra de Igualdad, Irene Montero, que ha logrado que este hombre, a quien se le impuso una condena de cinco años de cárcel, haya logrado la libertad vigilada.
Hechos
En la mañana del 22 de mayo de 2018, la mujer, que apenas llevaba unos días en la capital hispalense, buscaba trabajo a través de una página web, en la que se ofrecía como interna para cuidar a niños o a personas mayores. El agresor contactó con ella para, supuestamente, ofrecerle un trabajo para cuidar a una anciana. Quedó con la víctima frente al hospital Virgen Macarena, donde se personó en un coche e invitó a la mujer a subirse al mismo.
Ya en el vehículo, la llevó a un descampado a las afueras de la ciudad, donde intentó abusar de ella. Ante la negativa de la mujer, él le dijo que lo haría «por las buenas o por las malas», lo que atemorizó aún más a la víctima hasta el punto de que el agresor logró su cometido. Tras ello, la agredida fue a una farmacia a pedir la píldora del día después y confesó a la empleada lo que había sucedido, por lo que procedió a denunciar los hechos.
Recurso
El mismo 1 de diciembre el abogado del condenado, Diego Silva, presentó un escrito en la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla en el que solicitaba la revisión de la sentencia contra su defendido gracias a la entrada en vigor de la Ley Montero. Pedía la imposición de tres años de cárcel, en lugar de los cinco que le fueron fijados.
La Fiscalía accedió a la revisión de la sentencia, pero en su caso solicitaba casi cuatro años de prisión por la gravedad de los hechos y dada la situación de precariedad de la víctima. El auto, que ha avanzado el diario ABC, expone que por el artículo 2.2 del Código Penal «tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena».
Así, tras la entrada en vigor de la Ley Montero, una agresión sexual como la de este caso aparece sancionada en el artículo 179 del Código Penal con pena de prisión de cuatro a doce años. Por ello, la Audiencia deberá operar dicha rebaja en grado, basándose en la pena inferior contemplada para el delito.
Y es que en la actual redacción del Código Penal la pena es de sólo cuatro años y, si se rebaja la pena en un grado «nos sitúa en un marco penológico que va desde dos años de prisión hasta cuatro años menos un día», por lo que «no resulta, por tanto, posible la imposición de una pena por encima de este límite», concluye el tribunal, que se ve obligado a rebajar la pena a petición del abogado defensor del violador. El acusado, que ya se encontraba en tercer grado, queda de este modo en libertad por haber cumplido la pena impuesta tras la revisión. Se trata del primer reo sevillano que sale de prisión gracias a la nueva legislación de Irene Montero.
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