DGT

La DGT se va a forrar: la nueva multa que esta dando mucho de que hablar

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Con la llegada del buen tiempo y el aumento del tráfico en carretera, muchos conductores vuelven a poner el foco en la Dirección General de Tráfico (DGT), no sólo por las campañas de vigilancia reforzada o los nuevos límites de velocidad en ciertos tramos, sino por una práctica que ha generado un profundo malestar en parte de la ciudadanía: las multas derivadas de limitaciones temporales de velocidad mal señalizadas o sin obras a la vista. Lo que parecía una medida razonable para proteger a los operarios ha acabado por convertirse en una fuente de recaudación masiva que muchos consideran poco ética e incluso, según algunos expertos en derecho, de legalidad cuestionable.

Aunque estas infracciones tienen base normativa, el problema reside en la forma en la que se están aplicando. Conductores de distintas partes de España han denunciado públicamente haber sido sancionados en tramos donde, si bien existía una señal de velocidad reducida, no había ni rastro de las obras a las que supuestamente hacía referencia. Peor aún, en muchas ocasiones los radares móviles se colocan en estos puntos estratégicos sin señalización clara ni aviso previo, multiplicando el número de infractores «por sorpresa».

La historia detrás de los ‘radares de obra’

Hace algo más de dos años, la DGT introdujo un nuevo modelo de radares especialmente pensados para proteger a los trabajadores en carretera. Conocidos como «radares de obra», se diseñaron para colocarlos en tramos donde, por motivos de mantenimiento, baches peligrosos o remodelaciones estructurales, era necesario reducir la velocidad habitual de circulación.

Estos dispositivos se instalaron tanto en formato fijo como móvil, lo cual dio a la DGT una flexibilidad considerable a la hora de adaptarlos a distintos tipos de obras. Sin embargo, el problema surgió cuando las señales de limitación temporal permanecían instaladas durante semanas e incluso meses, pese a que ya no había operarios trabajando ni actividad visible en la vía.

Sanciones

A diferencia de las infracciones graves por exceso de velocidad, los conductores sancionados en estos tramos alegan que su error fue fruto de un despiste comprensible. Cuando uno circula por una autovía cuyo límite general es de 120 km/h y, de pronto, aparece una señal temporal que reduce ese máximo a 80 km/h sin un motivo evidente a la vista, es fácil que el conductor no reaccione a tiempo.

Y es precisamente en esos puntos donde muchos están cayendo en la trampa. Los testimonios recogidos en foros de automovilistas coinciden en la sensación de «engaño legal». No se trata sólo de multas económicas que rondan los 200 o 300 euros, sino también de la pérdida de puntos en el carnet de conducir.

Uno de los puntos más señalados por los afectados es el kilómetro 27 de la autovía A-48, entre Conil y Vejer, en Cádiz. Allí, según diversas denuncias, se encuentra instalada una señal amarilla que limita la velocidad a 80 km/h. ¿La razón oficial? Un badén o defecto técnico que, en teoría, requiere atención. Pero según los conductores habituales de la zona, no hay maquinaria ni señales visibles de obra desde hace meses.

A pesar de esta inactividad, los radares móviles siguen operando, captando vehículos que sobrepasan los 80 km/h y enviando automáticamente sanciones. Para muchos, esto supone una aplicación desproporcionada de la norma y un claro ejemplo de cómo el objetivo inicial se ha diluido en un contexto más próximo a la recaudación sistemática que a la seguridad real.

El reglamento y sus matices: ¿quién tiene razón?

Es cierto que el Reglamento General de Circulación establece que las señales temporales tienen prioridad sobre el resto de señales permanentes, siempre que no contradigan las órdenes de un agente de la autoridad. Esto significa que, mientras esté colocada la señal de 80 km/h, los conductores están obligados a respetarla.

Sin embargo, también es cierto que existe una instrucción interna de la propia DGT, emitida hace más de un año, que recomienda no instalar radares de velocidad en puntos donde la limitación es anormalmente reducida sin justificación evidente. Esta recomendación pretende evitar precisamente este tipo de situaciones, donde el conductor puede sentirse atrapado en una sanción difícil de prever y aún más difícil de evitar.

Otro de los aspectos que más indignación genera entre los afectados tiene que ver con la falta de pruebas claras. En varias de las denuncias públicas compartidas por usuarios en redes sociales y plataformas de reclamación, se señala que las fotografías del radar sancionador no muestran la señal amarilla de limitación a 80 km/h. Es decir, el infractor no tiene forma de comprobar, visualmente, que estaba incumpliendo una norma específica en ese tramo, lo que añade inseguridad jurídica al proceso sancionador.

Además, al tratarse de un radar móvil (y no uno fijo), la dificultad para rebatir la sanción se incrementa. Los radares móviles pueden cambiar de ubicación cada día, lo que complica su fiscalización por parte de los conductores o sus representantes legales.