Se acabó: jubila ya tu coche porque no vas a poder entrar en Madrid a partir de esta fecha
Hacer esto mientras conduces te puede salir caro: los despistes más simples que te harán perder el carnet de conducir
Lo hacemos todos en la carretera y se va a acabar: te vas a quedar sin puntos
Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) establecieron una serie de dispositivos de carácter ambiental a fin de clasificar a los vehículos dependiendo de la eficiencia energética que tienen.
El llamado “Plan Nacional de Calidad del Aire”, lo que hace es calificar el nivel de contaminación que producen varios vehículos para reducir las emisiones medioambientales que se generan, en especial en las grandes ciudades de nuestro país.
En este sentido, en Madrid y Barcelona, se han implantado las ZBE (Zonas de Bajas Emisiones), que han sido reforzadas gracias a la Ley 7/2021, de 20 de mayo, en materia de cambio climático y transición energética.
La normativa nos dice de forma resumida, que los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares deberán adoptar antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que puedan mitigar o reducir las emisiones que derivan de la movilidad de los vehículos.
1 de enero de 2024, fecha clave para el endurecimiento de las medidas
Los conductores de Madrid deben tener en cuenta que, desde el 1 de enero de 2024, las normas cambian de cara a luchar contra la contaminación.
En la clasificación medioambiental que establece la DGT, la etiqueta B, (la de color amarillo), es la que corresponde a los turismos y furgonetas ligeras de gasolina que están matriculadas, desde enero del año 2000 y diésel a partir de enero del 2006.
Estos vehículos ya no van a poder circular por todas las vías urbanas y públicas de las ZBE de Madrid.
¿Y a partir de 2025?
El 1 de enero de 2025 verá como la prohibición se va a extender a la totalidad de vehículos carentes de etiqueta, incluidos los de los residentes de Madrid, como indican desde el consistorio madrileño.
Actualmente, los coches que tienen etiqueta B sí que pueden acceder a las Zonas de Bajas Emisiones, pero no pueden aparcar dentro de las mismas.
De esta manera, hasta el 31 de diciembre de 2024 van a poder acceder y circular por estas zonas los vehículos que cuenten con clasificación ambiental A, dependiendo de su capacidad contaminante, pero tendrán que contar con domicilio en Madrid, y que estén en situación de alta en el padrón del IVTM de la capital de España.
Desde el 1 de enero de 2025, los vehículos de los que hemos hablado anteriormente quedarán fuera de Madrid 360, salvo que se encuentren en las situaciones siguientes:
- Vehículos que estarán especialmente adaptados para poder trasladar a personas con movilidad reducida, siempre que los mismos exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento.
- Vehículos que estén considerados como “históricos” y que cumplan la normativa referente y expuesta en el Reglamento de vehículos históricos.
- Vehículos de emergencias (extinción de incendios) y de las Fuerzas Armadas.
Como has podido ver, corren malos tiempos para los vehículos antiguos en el centro de las ciudades. Lo más práctico, si necesitas moverte por estas zonas será adquirir un vehículo nuevo u optar por el transporte público, de no ser así podrás incurrir en multas que el ayuntamiento impondrá a los propietarios de los vehículos en cuestión.
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