Los 27 aprueban una nueva norma para la reducción de emisiones de coches a partir de 2027
Otra de las novedades tiene que ver con la creación de un 'pasaporte medioambiental' para vehículos
Los Veintisiete han dado este viernes luz verde a la nueva norma que fija los estándares de reducción de emisiones contaminantes atmosféricos procedentes del transporte por carretera, conocida como ‘Euro 7’, y que, tal y como defendían los gobiernos, se aplicará para los coches y vehículos ligeros a partir de 2027 y no de 2025 como quería Bruselas.
Así, la reforma se aplicará 30 meses después de su entrada en vigor en el caso de los coches y las camionetas y 48 meses después de la entrada en vigor en el caso de buses, camiones y remolques; lo que en la práctica aplaza su aplicación hasta 2027 y 2029, respectivamente.
Con el visto bueno de los ministros europeos se cumple el último trámite para su adopción formal y podrá entrar en vigor una vez sea publicado el texto en el Diario Oficial de la UE, previa firma de los presidentes de las instituciones comunitarias.
Además, hay una salvaguarda para que los pequeños constructores puedan aplazar el cumplimiento de los nuevos estándares hasta el 1 de julio de 2030 para automóviles y camionetas y hasta el 1 de julio de 2031 para buses y camiones.
La revisión acordada por la Unión Europea para acompañar a la industria en su transición hacia el coche ‘limpio’ en 2035 mantiene los límites de emisiones y las condiciones de prueba que ya existían en la norma anterior (Euro 6) y establece límites más bajos para los vehículos pesados en comparación con el reglamento previo.
Según ha informado el Parlamento Europeo en un comunicado, el nuevo marco establece límites de emisiones de partículas de frenos (PM10) para automóviles y furgonetas: 3 mg/km para vehículos eléctricos puros; 7 mg/km para la mayoría de los vehículos con motor de combustión interna (ICE), híbridos eléctricos y de pila de combustible y 11 mg/km para furgonetas ICE grandes.
También introduce requisitos mínimos de rendimiento para la durabilidad de la batería en automóviles eléctricos e híbridos (80 % desde el inicio de su vida útil hasta cinco años o 100.000 km y 72 % hasta ocho años o 160.000 km) y furgonetas (75 % desde el inicio de su vida útil hasta cinco años o 100.000 km y el 67% hasta ocho años o 160.000 km).
Otra de las novedades tiene que ver con la creación de un ‘pasaporte medioambiental’ para vehículos con información detallada sobre la eficiencia del vehículo en el momento de su matriculación, por ejemplo, sobre emisiones de CO2, consumo de combustible o autonomía eléctrica.
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