Mascotas
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Legalidad de la cría de animales transgénicos

Entre las cuestiones más controvertidas en lo que se refiere a la reproducción animal, está la cría de animales transgénicos. ¿En qué consiste?

Desde 1980, momento en el que por primera vez se hizo presentación de los primeros ejemplares transgénicos, la ingeniería y biomedicina genética ha ido creciendo continuamente hasta nuestros días, donde a día de hoy los animales transgénicos son utilizados con fines comerciales y médicos.

En primer lugar, debemos entender qué es un animal transgénico; se trata de animales cuyo material genético ha sido modificado, bien para fines reproductivos o bien para introducir o aislar determinadas características propias del organismo modificado.

La actualidad de la modificación genética

Sin duda alguna la modificación genética vegetal está mucho más desarrollada y aceptada; en cambio, la manipulación genética animal es más controvertida y con lentos avances, debido en gran parte a que es un proceso mucho más complejo. 

Desde hace varias décadas ya son muchas las especies que han sido genéticamente modificadas, tales como ovejas, ratas, pollos cerdos aves, reptiles, peces, etc. Es común el uso terapéutico sobre los ejemplares modificados genéticamente; para observar el avance en el tratamiento de ciertas enfermedades o bien para la producción de medicamentos. En cuanto a los usos comerciales, se suele buscar la mejoría en la productividad del animal.

Sin embargo, el uso para el consumo a día de hoy está totalmente prohibido, es decir, ningún animal transgénico está autorizado para el consumo es humano. 

Regulación

La regulación de los Estados viene marcada principalmente por el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre Diversidad Biológica, adoptado en el año 2000. Hasta la fecha son 170 países los que forman parte de este convenio, cuyo objetivo es el de fijar unas normas básicas en el empleo de los organismos modificados genéticamente.

En España, esta materia viene regulada por el Real Decreto 178/2004, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 9/2003, de 25 de abril. En esta normativa se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente.

En general la normativa española viene a transponer la normativa europea ya existente en estas materias. En resumen, la normativa europea regula un uso prudente y controlado de los organismos modificados genéticamente, garantizando la protección de las personas y el medio ambiente.

Por otro lado, la comercialización de aquellos productos que se ajusten a la normativa no podrá ser impedida o restringida salvo si de ella se derivasen perjuicios para la salud humana o para el medio ambiente. ¿Conocías el empleo de animales transgénicos? Es un debate abierto, ya que tanto moralmente como legalmente es un tema que genera muchas polémicas.