Condenan a dos años de cárcel a los ladrones que entraron en el chalet de Carmena en Segovia
Manuela Carmena y el Banco Santander han sido los únicos propietarios que no han renunciado a la indemnización
La ex alcaldesa sufrió en 2019 el robo en su chalet en un pueblo de Segovia
La Audiencia Provincial de Segovia ha condenado a dos años de cárcel a los dos ladrones que robaron en varias viviendas de El Espinar en 2019, entre ellas estaba el chalet de la ex alcaldesa de Madrid Manuela Carmena. Se trata de un francés de 37 años y una marroquí de 38 sin antecedentes penales a los que la Fiscalía pedía cuatro años de prisión. No obstante, se ha acordado una conformidad de dos años. Las fuentes judiciales consultadas por OKDIARIO puntualizan que no entrarán entre rejas si no cometen algún delito de nuevo.
Ambos ladrones robaron en al menos nueve casas de esta localidad de la sierra de Segovia. Los propietarios de esos inmuebles han renunciado a la indemnización correspondiente a excepción de Manuela Carmena y el Banco Santander, entidad que es dueña de cuatro de las fincas asaltadas. La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, señala que los condenados han consignado 1.000 euros para estos pagos con fecha de 27 de septiembre.
En la casa de la ex regidora Manuela Carmena, según recoge el fallo judicial, los ladrones forzaron la cerradura de la puerta de entrada y rompieron el cristal de la misma, «accedieron al interior, revolviendo todos los efectos, apilaron varios radiadores cerca de la puerta de entrada, sin que finalmente se apoderaran de ellos, causando desperfectos en la puerta de acceso y cristal».
En otras viviendas se hicieron dueños de efectos tales como herramientas, siete linternas, un camping gas, varias monedas antiguas, cadenas musicales, televisores, una motosierra, ropa, entre otros efectos. Los agentes de la autoridad interceptaron a los acusados «cuando abandonaban a la última vivienda, sacando bolsas de su interior».
Además, tras registrar el vehículo, «que habían colocado con el maletero abierto y en posición de ser cargado delante de ésta última vivienda», encontraron «herramientas tales como llaves fijas, llaves inglesas, destornilladores, llave grifa, múltiples linternas, guantes, así como varios efectos sustraídos.» Los desperfectos causados y los efectos sustraídos no han sido objeto de valoración pericial, «si bien todos los propietarios renuncian a ser indemnizados, salvo Manuela Carmena y el Banco Santander, en ambos casos, por los desperfectos causados», se indica en el fallo.
La Audiencia concluye que las hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas en casa habitada. Se condena a los acusados a la pena, a cada uno de ellos, de «dos años de prisión, inhabilitación especial de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, costas por mitad y a que indemnicen conjunta y solidariamente a Manuela Carmena Castrillo y al Banco de Santander S.A. en las cantidades que se determinen en ejecución de sentencia».
En este sentido, el fallo acuerda la suspensión de la ejecución de la pena de entrada en prisión durante un periodo de dos años, sometido a las siguientes condiciones, aceptadas por los penados: «No deberán cometer ningún delito durante el periodo de suspensión; deberán designar domicilio a afectos de notificaciones y comunicar los cambios que realicen, así como indicar teléfono de contacto; y abonar la responsabilidad civil impuesta».
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