Voto por correo para las elecciones de Castilla y León 2026: fechas, hasta cuándo se puede votar y cómo solicitarlo
Guía para que no te pierdas nada sobre el voto por correo en las elecciones de Castilla y León
El próximo 15 de marzo se celebrarán las elecciones autonómicas de Castilla y León. Serán los segundos comicios autonómicos que se celebrarán este año tras las elecciones del pasado 8 de febrero en Aragón, donde el Partido Popular ganó tras lograr 26 escaños y el PSOE de Pilar Alegría se dio un gran batacazo.
El decreto constituye en su artículo 1 de la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones para esa fecha en marzo. La norma se dicta al amparo del artículo 27.1 del Estatuto de Autonomía y del artículo 16.1 de la Ley Electoral de Castilla y León, que asignan al presidente la facultad de disolver la Cámara y fijar la cita con las urnas.
Fechas y plazo para votar por correo
El voto por correo podrá solicitarse con fecha máxima hasta el 5 de marzo, inclusive, y el sobre con la papeleta deberá ser depositado con fecha límite hasta el 11 de marzo.
Requisitos para votar por correo
Podrán participar las personas de nacionalidad española que estén dadas de alta como residentes en la demarcación consular y figuren inscritas a efectos electorales en el censo de españoles residentes ausentes de estas elecciones.
También podrán ejercer su derecho a voto aquellos con nacionalidad española que se encuentren temporalmente en la demarcación consular y figuren en el censo electoral de residentes de España y estén inscritas como no residentes en el Registro de Matrícula Consular.
Cómo votar en las elecciones por correo
Para aquellos que viven en el extranjero hay varías opciones:
Las personas que residen de manera permanente fuera de España recibirán dos envíos postales. El primero se encuentra disponible desde el pasado 7 de febrero y facilita la documentación necesaria y, el segundo, a partir del 18 de febrero, con las papeletas, que también podrán descargarse por Internet. Enviarán su voto al consulado correspondiente hasta el 10 de marzo o deberán entregarlo personalmente en la urna habilitada entre el 7 y el 12 de marzo.
Por otro lado, quienes estén temporalmente en el extranjero deberán estar inscritos como residentes en el consulado y haber solicitado allí el voto antes del 14 de febrero. Después de recibir la documentación en su domicilio, podrán remitir su voto por correo hasta el 11 de marzo, inclusive. De este modo, los plazos se ajustan a los mismos tiempos establecidos para el voto por correo dentro de España.
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