Los separatistas que se autoinculpan por el 1-O se arriesgan a multas de 3.600 € por «simular un delito»
Los separatistas que se están dirigiendo a los juzgados de Cataluña para "autoinculparse" de un supuesto delito de sedición están cometiendo una infracción penada con hasta 3.600 euros de multa.
La plataforma independentista Òmniun Cultural, cuyo presidente Jordi Cuixart ha sido condenado a 9 años de cárcel, ha iniciado una campaña para que los ciudadanos se «autoinculpen» por haber cometido un supuesto delito de sedición. De lo que Òmnium no está informando a estos ‘voluntarios’ es de que están cometiendo una infracción por «simular un delito» tipificado en el artículo 457 del Código Penal y castigado con multas de hasta 3.600 euros.
Desde el pasado jueves Òmniun Cultural ha colgado en su web un formulario para que los ciudadanos lo presenten en los juzgados y denuncien haber cometido un delito de sedición, al igual que los líderes catalanes que han sido juzgado por el Tribunal Supremo. Con el lema ‘Jo m`inculpo’ defienden el mensaje lanzado en la campaña: «Si manifestarnos, expresarse, movilizarnos y votar es condenable, todos nosotros somos culpables de este supuesto delito».
Este lunes han colapsado los juzgados de Gerona, Tarragona, Lérida y de la Ciudad de la Justicia de Barcelona. Según la plataforma independentista, más de 10.000 personas se han descargado el documento que, posteriormente, se disponen a presentar en las administraciones judiciales. Esto ha llevado al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha limitar a 25 las denuncias que se pueden presentar cada día en el juzgado para evitarsu colapso. Sólo en Barcelona se han registrado 188 denuncias.
Multa de 6 a 12 meses
Los independentistas que se están «autoinculpando» de haber participado en el proceso secesionista están cometiendo una infracción por «simular un delito» que está castigado en el Código Penal.
El artículo 457 establece lo siguiente: «El que, ante alguno de los funcionarios señalados en el artículo anterior (Juzgados o Policía), simulare ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales, será castigado con la multa de seis a doce meses».
Este artículo no hace distinción entre ser víctima o autor del delito sino que se rige por la premisa de denunciar falsamente una infracción penal inexistente. El requisito principal para este tipo penal es: «Provocar, a consecuencia de la simulación del delito denunciado, que se inicien actuaciones procesales para su averiguación».
Este es el caso de los independentistas que se están dirigiendo al juzgado para denunciar haber cometido un supuesto delito, provocando las actuaciones procesales pertinentes y, por ende, incoar diligencias previas. Fuentes judiciales cuentan a OKDIARIO que este trabajo en vano supone un gasto a las arcas públicas derivado del trabajo realizado por la administración judicial.
Multa de hasta 3.600 €
Sobre esta cuestión existe jurisprudencia asentada, que se puede consultar en el Centro de Documentación Judicial del Consejo General del Poder Judicial. Este organismo recoge una sentencia del Juzgado de lo Penal de Valencia que en enero de 2018 condenó a un ciudadano que denunció falsamente que le habían robado 3.900 euros.
El autor de dicho delito fue condenado penalmente como responsable de un delito de denuncia falsa del artículo 457 del Código Penal a la pena de ocho meses de multa con una cuota diaria de 10 euros.
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