El próximo pacto de Sánchez y sus socios: asaltar la ley que retiró el escaño a los golpistas del 1-O
Tras derogar la sedición y abaratar la malversación, las cesiones de Pedro Sánchez al separatismo continúan
Golpe consumado: Sánchez deroga la sedición, rebaja la malversación y asalta el Poder Judicial
La lista de cesiones del Gobierno a sus socios separatistas continúa. Tras lograr el fin de la sedición y el abaratamiento de la malversación, el próximo objetivo del separatismo es la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim). En concreto, el artículo 384 bis, que permitió en su día retirar el escaño en el Congreso de los Diputados y el Parlament a los líderes del procés condenados por el referéndum ilegal.
El PDeCAT llevará esta próxima semana al Congreso una proposición de ley en la que se insta a derogar definitivamente ese artículo. El PSOE ya trasladó hace unos meses su disposición a acometer una reforma de la ley, que establece que «firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión».
Esta previsión se utilizó en 2018 para despojar de sus actas de diputados en el Parlament Raúl Romeva, Oriol Junqueras, Josep Rull y Jordi Turull i Negre y un año después la Mesa del Congreso lo usó para suspender de su condición de diputados a los tres últimos y también a Jordi Sánchez. Y también ha servido para suspender del cargo público a otros políticos independentistas.
Oferta
El PDeCAT planteó hace unos meses la derogación de este artículo a través de enmiendas a dos leyes, la Ley Orgánica de eficiencia organizativa del servicio público de la Justicia y la reforma del Código Penal que acabó con el delito de sedición. Entonces, los socialistas plantearon una oferta consistente en negociar este punto durante el debate de la Ley de eficiencia procesal, actualmente en tramitación parlamentaria.
En concreto, el PSOE presentó una enmienda transaccional para limitar el alcance del artículo, de manera que la suspensión del cargo público se produzca sólo en los casos en los que el delito por el que se les procese sea «grave o muy grave» y medie «violencia o intimidación».
Según el texto, cuando sea «firme el auto de procesamiento, sólo se podrá acordar la suspensión de cargo u oficio público» en determinadas situaciones, como «que el delito por el que se procesa sea grave o muy grave, lleve aparejada una pena de inhabilitación o suspensión de igual naturaleza y se haya cometido con violencia o intimidación», que «la medida cautelar resulte necesaria para prevenir el riesgo de comisión de hechos delictivos concretos relacionados con el que es objeto del proceso» y que «sea solicitada por el Ministerio Fiscal o por acusación personada».
«Obsoleto»
El PDeCAT, no obstante, pretende la supresión total de este artículo. En la proposición de ley que se debatirá esta semana en el Congreso sostienen que ese artículo «abre la posibilidad que mediante una argucia procesal, como es la acusación de delito de rebelión, un juez instructor, sin tan siquiera mediar sentencia firme, pueda suspender las funciones de cargos públicos, incluido cargos electos, lo que supone una indebida intromisión judicial en las actividades y competencias de las Cortes Generales y de los Parlamentos autonómicos que constituye un grave atentado contra el principio representativo y el principio de la división de poderes y, en último término, contra la democracia».
Alegan, asimismo, que «nació con la voluntad de apartar temporalmente y durante la instrucción y tramitación de una causa penal a quienes ejercen la violencia en su forma más extrema, creando o integrándose en una banda armada que tiene por finalidad sembrar el terror para socavar los cimientos de un régimen democrático». Y que actualmente «ha devenido una norma obsoleta».
Cargando contra los jueces, señalan que esta ley «ha sido torticeramente utilizada para impedir el legítimo ejercicio de los derechos políticos de quienes simplemente profesan determinadas ideologías que no son del agrado de los sectores dominantes en las más altas instancias del Poder Judicial, como el independentismo catalán, que propugna la declaración de independencia de una parte del territorio español por vías pacíficas y democráticas».
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