El PP registra en el Congreso su plan B al estado de alarma ante la inacción de Sánchez
El Grupo Parlamentario Popular ha registrado en el Congreso de los Diputados su plan alternativo para evitar el vacío jurídico una vez decaiga el estado de alarma impuesto por Pedro Sánchez. Se trata de la reforma legal que Pablo Casado ha ofrecido en reiteradas ocasiones al presidente del Gobierno y que siempre ha sido rechazada por Sánchez. Esa reforma daría a las comunidades autónomas las herramientas necesarias para afrontar la pandemia, sin necesidad de recurrir a la medida excepcional, cuya prórroga expira el 9 de mayo.
El Partido Popular propone una modificación de la Ley de Salud Pública, de 1986, que permitiría adoptar algunas medidas contra el Covid.
Así, la Ley permitiría a las autoridades sanitarias de las distintas administraciones públicas «realizar las acciones preventivas generales» y «adoptar las medidas oportunas para el control de los enfermos, de las personas que estén o hayan estado en contacto con los mismos y del medio ambiente inmediato», como «sometimiento a cuarentena o sometimiento obligado de las personas sospechosas a observación de salud pública».
También daría cobertura para «controlar o limitar las entradas y salidas de la zona afectada o amenazada y controlar o limitar el movimiento dentro de dicha zona», lo cual, se explica, «podrá afectar al derecho a la libre circulación y deambulación por vías públicas, así como al derecho de reunión que podrá estar condicionado en su ejercicio tanto en lugares determinados como en el número de personas». Por último, se faculta a adoptar todas las medidas «que consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible».
Los ‘populares’ destacan que «a través de la declaración del estado de alarma en todo el territorio de la Nación, con sucesivas prórrogas, el Gobierno confinó a los españoles y recortó sus derechos básicos, como los de libre circulación, reunión, libertad de establecimiento, libertad de culto y otros».
Insisten en que «ante los riesgos, inminentes y/o futuros, es imprescindible dotar a nuestro ordenamiento con un instrumento jurídico que permita, desde la seguridad jurídica, la normalidad institucional y la vigilancia normativa, afrontar este tipo de situaciones sin que impliquen restricciones de derechos constitucionales, atendiendo al fin último, que no es otro que la protección de la salud de los ciudadanos».
Consejo de Estado
La pasada semana, el Consejo de Estado ya advirtió a Pedro Sánchez en uno de sus dictámenes de las insuficiencias de la actual legislación en el contexto de lucha contra la pandemia.
Según el órgano consultivo «la Ley Orgánica 3/1986 contiene una regulación en extremo genérica de las medidas especiales en materia de salud pública limitativas de derechos fundamentales y libertades públicas y no efectúa remisión alguna al legislador autonómico».
Y añade: «Debe tenerse en cuenta, en todo caso, que se trata de una ley aprobada hace casi cuarenta años que no contiene una regulación acabada de su núcleo orgánico (…) por lo que podría resultar insuficiente para hacer frente, de acuerdo con los principios constitucionales de eficacia administrativa y seguridad jurídica, a las necesidades a las que se enfrentan las autoridades sanitarias competentes».
«Con independencia de la procedencia de la interposición de recurso de inconstitucionalidad en los términos señalados, el análisis de la cuestión debatida permite al Consejo de Estado sugerir que el contenido de la Ley Orgánica 3/1986 podría estar necesitado de una adecuación legislativa que le aporte mayor detalle y concreción, en orden a proporcionar a las autoridades sanitarias competentes el mejor marco jurídico posible para afrontar las situaciones presentes y futuras de riesgo grave para la salud pública», señala el organismo.
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