PP y C’s recurren ante la Junta Electoral Central las candidaturas de Puigdemont, Comín y Ponsatí a las Europeas
El Partido Popular y Ciudadanos han recurrido ante la Junta Electoral Central la candidatura del expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont y los exconsejeros Toni Comín y Clara Ponsatí a las elecciones Europeas que se celebrarán el próximo 26 de mayo.
El PP considera que no están en «uso de sus derechos políticos» porque no podrán ejercer el cargo para el que se presentan y ambos partidos, alegan que los tres huidos no son ni «electores», ni «elegibles» por no figurar en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), que es el que les corresponde ahora por residir fuera de España.
Los tres huyeron de la Justicia española después de resultar destituidos en el Gobierno de la Generalitat por la aplicación del artículo 155 de la Constituicón en octubre de 2017 y ahora concurren a las elecciones europeas con la coalición electoral «Junts».
Según el escrito del PP, al que ha tenido acceso Europa Press, Puigdemont, Comín y Ponsatí se encuentran en situación de «rebeldía procesal penal», sustraídos por tanto de la acción de la justicia.
Los populares admiten que la LOREG no prevé expresamente que entre las causas de inelegibilidad esté la de encontrarse «deliberadamente en situación de rebeldía procesal penal» ya que según la Ley Electoral son inelegibles los condendos por sentencia firme a pena privatiba de libertad y los condenados aunque no sea por sentencia firme, por delitos de rebelión y terrorismo, entre otros.
Pero consideran que es «de todo punto incompatible con la razón» que quienes se sustraen de la justicia para evitar responsabilidades penales -en este caso por los sucesos de Cataluña de los meses de septiembre y octubre de 2017- «se vean beneficiados de mayores derechos que el procesado que no se sustrae deliberada y deslealmente de la ación de la justicia».
En este sentido, explican que una interpretación «simplista y rigorista» de la LOREG avalaría «un fraude de ley». Por el contrario, creen que la interpretación de la norma en conjunción con el artículo 68.5 de la Constitución, «impide considerar a Puigdemont, Comín y Ponsatí como electores y elegibles».
Ese precepto dice que «son electores y elegibles todos los españoles que estén en pleno uso de sus derechos políticos». Algo que, según el escrito, no sucede con las personas que, por estar en rebeldía procesal, están «impedidas para el ejercicio de cualquier cargo representantivo o responsabilidad política» por las limitaciones de dicha condición de huido.
Alegan, además, que este impedimento no es teórico porque Puigdemont ya concurrió a las elecciones catalanas de diciembre de 2017 y propuesto para la investidura. Pero esta fue suspendida por el Tribunal Constitucional.
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