Junts celebra que «los jueces ya no podrán paralizar la amnistía» mientras la revisa el Tribunal de la UE
"Gana nuestro país", ha destacado Míriam Nogeras en los pasillos del Senado en referencia a Cataluña
Sánchez ha cedido ante Puigdemont y retira esa reforma legal que exigía Bruselas
Satisfacción en Junts con el acuerdo que han firmado hoy con el PSOE. La portavoz del partido de Carles Puigdemont, Míriam Nogueras, ha festejado este miércoles como un triunfo para Cataluña los compromisos que han arrancado a Pedro Sánchez. En particular, se muestran eufóricos con la retirada de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que veían como una amenaza a la viabilidad de la Ley de Amnistía. En los pasillos del Senado, Nogueras ha defendido que «Junts siempre ha dejado muy claras sus condiciones» y es básico «respetar» las competencias de Cataluña. «Gana nuestro país», ha proclamado.
El Gobierno de Sánchez había incluido en un real decreto-ley la adicción del artículo 43 bis de la Ley de Enjuiciamiento Civil porque lo exigía la Comisión Europea para el desembolso de fondos comunitarios. Ese añadido consagra que cuando un juez realiza una consulta prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), esa causa judicial y las que tengan el mismo objeto quedan suspendidas temporalmente hasta que aclare la duda por parte de los magistrados europeos.
Junts preveía que los jueces de todo el país que han juzgado y están juzgando el procés invocarían ese artículo para esquivar la aplicación inmediata de la Ley de Amnistía que tramitan actualmente el PSOE y sus socios. La propuesta de Ley de Amnistía deja muy claro que los jueces españoles tienen dos meses para borrar los delitos ligados al procés «sin perjuicio de recursos que no tendrán efectos suspensivos». Por tanto, esa reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil era un gran obstáculo para la amnistía y, a la postre, el regreso a España de Puigdemont.
Ahora, entre otras cesiones de Sánchez a Junts, echará marcha atrás y promete retirar el polémico nuevo Artículo 43 bis que rezaba: «El auto de planteamiento de la cuestión prejudicial ante el TJUE acordará la suspensión de las actuaciones hasta que conste en autos la resolución del TJUE que decida la cuestión prejudicial o se acuerde la retirada de la cuestión prejudicial. (…) Cuando se encuentre pendiente ante el TJUE una cuestión prejudicial directamente vinculada con el objeto del litigio de que conoce un tribunal, planteada por otro juzgado, si el tribunal estima necesaria la decisión del TJUE para resolver el litigio, podrá suspender motivadamente el procedimiento».
Un obstáculo menos
Fuentes próximas a Junts consultadas aplauden eufóricos la nueva cesión del PSOE que acerca la amnistía. Consideran que así los jueces españoles no podrán paralizar la aplicación exprés de la Ley de Amnistía a los independentistas, a pesar de que el Tribunal Supremo eleve una cuestión prejudicial ante el TJUE para aclarar si se trata de una normativa aceptable en base al Derecho comunitario. Las normas de la UE blindan en sus tratados y directivas la igualdad de los ciudadanos, la imposibilidad de amnistiar delitos de terrorismo y de malversación de fondos europeos, etc.
Junts, tras jugar al gato y al ratón durante toda la tarde, a última hora ha decidido no votar los tres decretos que votaban este miércoles el Congreso. Con su abstención ha permitido que salgan adelante. Eso sí, escasos minutos después ha emitido una nota de prensa con una lista de ocho cesiones entre las que destacan en segundo lugar, después de la obtención de las competencias de inmigración, la supresión del artículo que «amenazaba la viabilidad de la futura Ley de Amnistía».
Lo pactado también incluye una modificación de la ley para presionar en el retorno de empresas a Cataluña, la publicación inmediata de las balanzas fiscales, el pago del total del descuento del transporte público en la región y que el aceite pase a ser alimento esencial, con un IVA del 0%.
Dudas entre los jueces
Por su parte, los jueces dudan de los efectos jurídicos prácticos de esta decisión. Consideran que sin ese añadido a la Ley de Enjuiciamiento Civil pueden seguir operando hasta ahora y suspender temporalmente los procedimientos judiciales hasta que se pronuncie el TJUE sobre la Ley de Amnistía que quiere Junts.
Varias fuentes judiciales consultadas esgrimen que la suspensión de los procedimientos ante una consulta al TJUE es una «práctica consolidada». Los jueces no quieren resolver sobre un caso y luego corregir si el tribunal de Luxemburgo hace un pronunciamiento contrario a lo previsible. No obstante ahora tienen una disposición menos a la que agarrarse.
Los jueces, como publicó OKDIARIO, recuerdan que el Derecho de la UE ya ponía negro sobre blanco esta forma de proceder. El artículo 23 del Estatuto del TJUE y las recomendaciones de ese organismo comunitario establecen que presentar una cuestión prejudicial conllevará «acordar la suspensión de las actuaciones hasta que conste en autos la resolución del TJUE o se acuerde la retirada de la misma». Además, el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE) explica las consultas prejudiciales y da por hecho que se esperará a la corte de Luxemburgo para actuar –en este caso amnistiar a los secesionistas o juzgarles porque se considera no cabe la amnistía en el derecho comunitario–. Desde el ingreso en la UE España deja en barbecho los casos hasta que el TJUE responde. Ha pasado en cientos de casos.
Por otra parte, los magistrados que han juzgado causas del procés, o están en vías de hacerlo, pueden acudir al Tribunal Constitucional (TC) para determinar si la nueva Ley de Amnistía encaja en la Carta Magna. Del mismo modo, las fuentes jurídicas subrayan que las cuestiones de inconstitucionalidad tienen igualmente carácter suspensivo. Así lo dice el artículo 35 de la Ley Orgánica del Constitucional (LOTC). No obstante, Junts espera que con la mayoría afín a Sánchez armada por Cándido Conde-Pumpido en la Corte de Garantías y la redacción sólida de la Ley de Amnistía pueda sortear todos los obstáculos para doblar el pulso a los jueces de España.
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