El juez imputa a Jésica por sus enchufes en las empresas públicas que le permitieron cobrar sin trabajar
El magistrado Ismael Moreno también ha citado como investigados al hermano de Koldo García y a Ignacio Zaldívar
El juez Ismael Moreno, instructor del caso Koldo, ha citado como investigada a Jésica Rodríguez por un delito de malversación por la contratación de la ex novia de José Luis Ábalos en dos empresas públicas que le permitieron cobrar sin trabajar. El magistrado ha tomado la decisión a instancias de la Fiscalía y Jésica tendrá que acudir a declarar el 20 de julio en la Audiencia Nacional, como los también imputados Joseba García, hermano de Koldo García, e Ignacio Zaldívar, entonces director de Gestión Administrativa de ADIF y responsable de la contratación.
La Fiscalía Anticorrupción ha pedido la declaración de los tres mencionados, como investigados, tras la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a José Luis Ábalos a 24 años de prisión y a su ex asesor a 19 años y ocho meses.
El tribunal les sentenció por, entre otros motivos, el enchufe de Jésica Rodríguez en las empresas públicas Ineco y Tragsatec, en las que estuvo contratada entre el 1 de marzo de 2019 y el 28 de febrero de 2021, y entre el 2 de marzo de 2021 y el 1 de septiembre de 2021, respectivamente, en ambos casos sin desempeñar trabajo alguno.
La Fiscalía entiende que la contratación de Jéssica que aborda la sentencia guarda «una íntima conexión» con los hechos investigados en la Audiencia Nacional para «determinar las eventuales responsabilidades penales que pudieran derivar para los terceros relacionados con los hechos y no enjuiciados por el Supremo», como es el caso de Jésica además de Joseba García e Ignacio Zaldívar.
La sentencia declara que los hechos relativos a la contratación de Jessica son constitutivos de un delito de malversación en concurso con un delito de tráfico de influencias, al tiempo que asegura que las pruebas «acreditan el decisivo nivel de influencia» que para llevar a cabo la contratación de Jésica Rodríguez tuvieron José Luis Ábalos y Koldo García, «con la connivencia de terceros no juzgados» en la causa.
Es tajante la sentencia cuando afirma que Jésica Rodríguez no sólo no desempeñó ningún trabajo en las empresas que la contrataron, sino que «el propósito fundacional del plan criminal era, precisamente, que no trabajara y, pese a ello, percibir, en forma de salario mensual, las cantidades que le fueran ingresadas por ambas mercantiles públicas en su cuenta bancaria».
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