La juez autoriza que Interior grabe el encuentro de Vox con Villarejo en la cárcel
Finalmente la Justicia de la razón a Interior y autoriza que graba la reunión del ex comisario José Manuel Villarejo con dirigentes de Vox en la cárcel. La Audiencia Nacional ha respaldado mediante un auto que el Ministerio del Interior mantenga la intervención de las comunicaciones de José Manuel Villarejo durante el encuentro que realizará este viernes en la prisión de Estremera (Madrid) con dirigentes de Vox, algo que no puede estar «condicionado» por el hecho de que la entrevista la realice la diputada Macarena Olona.
Recordemos que la propia Macarena Olona, secretaria general y portavoz adjunto del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso de los Diputados, ha remitido una carta al director de la cárcel de Estremera, donde tiene previsto mantener este viernes una entrevista con el ex comisario José Villarejo. En la misiva le advierte de que «bajo ningún concepto pueden intervenirse las comunicaciones con autoridades y tampoco limitar el derecho de quienes acudimos a grabar el encuentro».
El auto de la juez de Vigilancia Penitenciaria María de los Reyes Jimeno Gutiérrez, al que ha tenido acceso Europa Press, valora como «razonable» la limitación para que sean dos las personas que pueden entrevistarse con Villarejo, debido a las restricciones para prevenir la Covid-19.
Las condiciones impuestas por la prisión en lo referente a Villarejo no son objeto de modificación, según la juez, «ni siquiera en el caso, como el presente, en que la diputada que va a mantener la entrevista con el interno forme parte de una comisión de investigación -la de la operación Kitchen para sustraer documentación a Luis Bárcenas- que tiene por objeto unos hechos que, a su vez, están siendo objeto de investigación en el procedimiento penal que se sigue en la Audiencia Nacional».
El abogado del comisario jubilado y en prisión preventiva, José Manuel Villarejo, había solicitado un espacio del centro penitenciario de Estremera «destinado a autoridades» y distinto al de un locutorio, rechazando, además, que la conversación fuera intervenida por la cárcel dentro de las medidas de seguridad que rigen sobre el interno.
Por deseo de Macarena Olona, el abogado había trasladado que «bajo ningún concepto pueden intervenirse las comunicaciones» ni limitar el derecho de los tres diputados que querían acceder a la sala y grabar el encuentro por sus propios medios, recordando que Villarejo sí fue entrevistado con anterioridad por periodistas de El País.
La diputada de Vox quería que fueran cinco las personas en total, incluyendo a Villarejo, que participaran de un encuentro en Estremera sobre el que rechazaba que se aplicara las condiciones de las visitas que realizan dirigentes de EH Bildu a los presos de ETA, ya que ex comisario es un interno preventivo por delitos ajenos al terrorismo.
«No sería aplicable la prohibición de restricciones»
En su escrito, la juez señala que el abogado de Villarejo, que presentó una queja en la Audiencia Nacional, puede asistir al encuentro pero como un asistente más, «de modo que no sería aplicable la prohibición de restricciones para las comunicaciones del interno». El excomisario, en situación de prisión preventiva, tiene intervenidas todas sus comunicaciones excepto cuando su abogado trata con él cuestiones que afectan a las causas judiciales.
«La eventual presencia del letrado del interno en la comunicación solicitada, aún siendo su abogado defensor en las causas penales seguidas contra el mismo, no tendrá dicha consideración en relación a la comunicación que aquí se examina, que carece de carácter penal, procesal o judicial, y que en nada afecta a su derecho de defensa en las referidas causas», sostiene la juez, en la línea con lo defendido por la Fiscalía.
La magistrada estima de esta forma parcialmente la queja de Villarejo en lo referente a la posibilidad de que su abogado participe del encuentro con dirigentes de Vox, pero manteniendo la intervención de las comunicaciones en virtud del artículo 51.1 del Reglamento Penitenciario, por decisión del director de Madrid VII-Estremera y con el respaldo del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
También se refiere al artículo 49.2 del Reglamento Penitenciario sobre las comunicaciones de los presos con autoridades o profesionales, en este caso diputados, para observador que resulta «improcedente una interpretación extensiva» de dicho artículo pensado para las visitas de instituciones como el Defensor del Pueblo, que no puedan ser suspendidas ni intervenidas por la administración.
De acuerdo a lo establecido por la Fiscalía, la juez entiende que la entrevista de Vox con Villarejo se debe llevar a cabo «con los controles previstos por el director del centro penitenciario», que está en vigor desde el 10 de diciembre de 2020. Ante el auto, con fecha de 17 de febrero, puede interponerse recurso de reforma en el plazo de tres días previo al de apelación ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.
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