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El Gobierno no lleva registro de los maltratadores que cambian de sexo para tratar de eludir la ley

"Los distintos Registros Civiles no comunican información al Sistema VioGén", aclaran

Un ertzaina trata de usar la Ley Trans para eludir la aplicación de la Ley de violencia de género

interior trans
Fernando Grande-Marlaska (Foto: Europa Press)
Rafael Molina

El Ministerio del Interior, dirigido por Fernando Grande-Marlaska, «no dispone» de un registro de los maltratadores que han cambiado de sexo, utilizando la Ley Trans que aprobó la ex ministra de Igualdad  Irene Montero, para tratar de eludir la ley de protección contra la violencia de género, que conlleva penas más graves para ese tipo de delitos.

«Los distintos Registros Civiles no comunican información al Sistema VioGén, por lo que esta Administración Central no dispone del dato solicitado», ha manifestado el Ministerio del Interior, en una respuesta oficial por escrito a la que ha tenido acceso OKDIARIO.

La cartera encabezada por Marlaska respondió así a la pregunta de este medio: «¿Cuántos varones en toda España registrados en el sistema VioGén de protección de las víctimas de machismo por haber sido denunciados como presuntos agresores de mujeres han conseguido en los últimos meses cambiar su sexo registral a mujeres, gracias a la autodeterminación de sexo establecida por la Ley Trans?».

Por otro lado, Interior también ha respondido a la pregunta sobre cuántos hombres que se han acogido a la Ley Trans han pedido ser protegidos como las mujeres a las que ellos mismos habían agredido. El Ministerio de Marlaska ha aclarado que la normativa para proteger a los trans «recoge que la rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona a los efectos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género». Es decir, que si los autores cambian de sexo después de agredir a una mujer y, por tanto, tras cometer un delito de violencia de género, no se beneficiarán de ser tratados como mujer para los actos cometidos antes de su cambio de sexo.

El caso del ertzaina

Las lagunas de la Ley Trans han servido para que algunos agresores se aprovechen de ella para cambiar de sexo y así eludir ser juzgados por la ley contra la Violencia de Género. El pasado lunes se conoció que un ertzaina detenido en San Sebastián por amenazar a su pareja y a sus dos hijas con un cuchillo se había cambiado de sexo el pasado mes de noviembre para evitar que su caso fuese tratado como violencia de género.

En un principio, el Departamento de Seguridad había informado que el arrestado era un hombre y que se le imputaba un delito de violencia de género. Sin embargo, horas más tarde, se conoció que el agente se había sometido a un cambio de sexo en el Registro Civil. Actualmente, consta legalmente como mujer, por lo que no se le podría juzgar como presunto autor de un delito de violencia de género si los hechos se cometieron tras el cambio de sexo.

El fiscal jefe de Guipúzcoa, Juan Calparsoro, ha confirmado que el Ministerio Público ha solicitado ya la inhibición del juzgado ordinario para que sea el de violencia de la mujer el que se haga cargo del caso. Todo ello a pesar de que la ertzaina es trans y desde hace casi un año consta en los registros como mujer.

Calparsoro manifestó que el acusado pudo haber cometido hechos «presuntamente delictivos» previos al cambio de sexo. En ese caso, la ley recoge que «no alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona» respecto a la protección contra la violencia de género. Por tanto, por los hechos anteriores al cambio de sexo se le podría juzgar por delitos de violencia contra la mujer.

El caso de Sevilla

El pasado miércoles se conoció también el caso de un agresor reincidente en Sevilla que había cambiado de sexo para intentar evitar ser juzgado por violencia de género. Desde 2014, la justicia otorgó a la víctima varias órdenes de protección y en 2019 condenó al hombre a quince meses de prisión por un delito de quebrantamiento de condena y otro de amenazas.

Sin embargo, el condenado recurrió y, finalmente, en septiembre de 2023, el Juzgado de lo Penal nº 3 de Sevilla ordenó su ingreso en prisión. Sin embargo, él se había cambiado de sexo en agosto de 2023, por lo que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número dos de Sevilla ha concluido que debe inhibirse del caso «por falta de competencia objetiva». «El sexo de la persona denunciada ha cambiado, siendo ahora el de mujer», concluye.

Los abogados de la víctima consideran que se trata de un «indubitado fraude de leyW. La acusación cree que el agresor ha cambiado de sexo para ser juzgado por la jurisdicción penal y no por la de Violencia de Género y así evitar las penas más graves que conlleva ese tipo de agresiones.

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