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Jaume Alonso-Cuevillas, el abogado del ex presidente Carles Puigdemont en España, aseguró en un artículo que Artur Mas no sería condenado por desobediencia tras participar en el referéndum ilegal del 9-N. «Un juicio innecesario y perjudicial», manifestaba Cuevillas en una columna publicada en el diario La Vanguardia el 11 de febrero de este año. Sin embargo, Mas fue condenado un mes después a dos años de inhabilitación por convocatoria del 9-N por el delito de desobediencia. La Fiscalía solicitaba que fueran diez por los delitos de desobediencia y prevaricación -del que ha quedado absuelto-.
Cuevillas es abogado de Puigdemont en España y de los ex conselleres encarcelados Jordi Turull (Presidencia) , Josep Rull (Territorio), Meritxell Borràs (Gobernación) y Joaquim Forn (Interior).
Apropiación indebida y deslealtad profesional
El abogado de los golpistas catalanes cuenta en su pasado con algunos hechos de dudosa reputación, llegando a ser imputado y acusado de apropiación indebida y de deslealtad profesional.
En junio de 2002 fue imputado por un juez, después de que un miembro del Colegio de Abogados de Barcelona le acusara de estafa, apropiación indebida y tráfico de influencias. Estos hechos correspondían a cuando Alonso-Cuevillas era decano de esta institución.
Se le acusaba de «el cobro irregular de unas dietas como decano del Colegio de Abogados, el pago de una encuesta electoral de su candidatura con cargo a los fondos del colegio, el encargo de una memoria a una empresa de un abogado amigo y su intermediación para lograr que un socio suyo actuase de mediador en un arbitraje». Finalmente, el magistrado del Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona a raíz archivó la causa contra el abogado hoy de los golpistas catalanes.
Alonso-Cuevillas fue juzgado en enero de 2003 por la Sección Sexta de la Audiencia de Barcelona. La fiscalía le achacaba delitos de apropiación indebida y deslealtad profesional, pidiendo para él un año de prisión, otros dos de inhabilitación y una multa de 18.000 euros.
En concreto, se le acusaba de haberse quedado durante seis meses con 4.853.450 pesetas (29.169 euros) que le correspondían en realidad a un cliente suyo, el también abogado Juan Armenteros, por indemnización.
La Audiencia de Barcelona le absolvió, aunque la misma sentencia le afeó su actitud: «En un plano diferente al estrictamente penal podría ser exigible otra conducta al acusado, más teniendo en cuenta su condición de decano».
Intentó cobrar 48.000 euros de un cliente
En ese mismo año, en 2003, la Audiencia de Barcelona le negó el cobro de una alta cantidad de dinero (48.711 euros) a un cliente por «inverosímil» e «incoherente». Cuevillas quería percibir esta suma de dinero por un un arbitraje y asesoramiento jurídicos que realizó para la Academia de Ciencias Médicas de Cataluña y Baleares en el año 1995.
«El tribunal considera que ese trabajo ya fue remunerado en su día con otras dos minutas», se señalaba en esta sentencia. Esto hace referencia a las dos minutas que el letrado recibió en 1998: 12.020 y 15.025 euros a razón de seis horas mensuales y a un precio de 150,25 euros la hora.
El abogado argumentó que los 48.711 euros correspondían a un acuerdo que alcanzó en su día con la Academia de Ciencias Médicas de Cataluña y Baleares. No obstante, el tribunal lo desestimó debido a que «no existe la más mínima prueba acerca de la existencia de este acuerdo, por lo que resulta inverosímil que se liquidara de este modo una relación de prestación de servicios».
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