España
'Caso Begoña Gómez'

La Audiencia autoriza a Peinado a investigar si Begoña Gómez se apropió del software de la Complutense

La Universidad Complutense de Madrid desarrolló el software de su cátedra

La Audiencia Provincial de Madrid avala que el juez de instrucción Juan Carlos Peinado investigue si Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se apropió del software desarrollado por la Universidad Complutense de Madrid para la cátedra de Transformación Social Competitiva que codirigía la esposa del líder socialista.

La Audiencia desestima así el recurso de la Fiscalía que solicitaba impedir al titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid investigar si Begoña Gómez se apropió del software de la Complutense. El auto de la Audiencia, al que ha tenido acceso OKDIARIO, argumenta esta decisión en que «fue precisamente para ese máster para el que se había desarrollado gratuitamente el software del que, según el escrito de querella, se habría apropiado».

El juzgado recuerda que Begoña Gómez presentó una solicitud de patentar a título personal la marca «TSC Transforma Plataforma de medición de impacto social y medioambiental, www.TransformaTSC.org». «Entendemos que prima facie si existe la conexidad apreciada por el titular del Juzgado de Instrucción nº 41 de Madrid», añade el texto. Es decir, que, a primera vista, existen unos hechos que pueden investigarse como presuntamente constitutivos de delito.

El primer medio en destapar el escándalo del software de Begoña Gómez fue OKDIARIO, el pasado 9 de abril, cuando informó que la mujer del presidente Pedro Sánchez había contratado por 60.500 euros procedentes de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) el desarrollo de una web para captar datos de potenciales clientes bajo la marca de su nueva empresa, Transforma TSC.

Software de la Complutense

La esposa de Sánchez es propietaria de una empresa que ofrece el software de forma gratuita a las pymes. La finalidad del programa es que las sociedades puedan medir su grado de cumplimiento de los llamados Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Varias empresas empezaron desarrollando el proyecto del software. Sin embargo, lo terminaron abandonando sin completarlo, por lo que Begoña Gómez recurrió entonces a la Complutense para finalizar con cargo a fondos públicos.

El 10 de octubre de 2022, Gómez registró en la Oficina Española de Patentes y Marcas la marca «TSC Plataforma de Medición de Impacto Social y Medioambiental»; un software idéntico al desarrollado por la Complutense. La denominación fue autorizada el 26 de abril del año siguiente. Tres meses después, en julio, Gómez lanzó el contrato de la Complutense. Y en noviembre constituyó una sociedad propia, Transforma TSC SL, con el objeto social de «impulsar y promover la estrategia de transformación social competitiva integrando los objetivos de desarrollo sostenible (en adelante, ODS) en las organizaciones, para promover una sociedad más justa y un planeta sostenible».

La página web de Transforma TSC ofrece un «software de sostenibilidad» que coincide con el desarrollado por la Complutense.

Informe de la Complutense

En el informe remitido por la Complutense al juez instructor se sugería que, de la investigación desarrollada por la universidad, se apreciaban «indicios» del delito de «apropiación indebida».

En el escrito se apuntaba que «dada la falta de cooperación de determinados participantes en relación con los hechos y afectados por la cuestión, a lo cual se suma la complejidad del tema en curso, esta Universidad considera que no podrá alcanzar, por sus propios medios, una conclusión definitiva más allá de los indicios existentes. Que todo ello se pone en conocimiento del órgano judicial a fin de hacerle partícipe del contenido de las actuaciones practicadas».

Igualmente, la Complutense solicitaba que «si de la investigación practicada por el órgano judicial existieran indicios conducentes a considerar que ha existido un perjuicio patrimonial a la Universidad Complutense de Madrid (…) se realice el oportuno ofrecimiento de acciones en calidad de perjudicado».