La Abogacía del Estado al rescate de Sánchez: pide rebajar a 7 años la inhabilitación de Junqueras
Junqueras pide al Supremo la absolución de sus delitos tras la reforma del Código Penal
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La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo una rebaja considerable de las penas a los líderes independentistas catalanes. En concreto, pide revisar la condena de 13 años de prisión e inhabilitación que se impuso al ex vicepresidente de la Generalitat de Cataluña y líder de ERC, Oriol Junqueras, y la sustituya por una pena de 7 años de inhabilitación absoluta tras la reforma del Código Penal que deroga el delito de sedición y modifica el de malversación.
En un escrito, los servicios jurídicos de la Administración se han dirigido a los magistrados del tribunal que juzgaron el golpe del 1-O y que impusieron la condena de 13 años de prisión e inhabilitación a Junqueras por el delito de sedición en concurso medial con malversación. El Tribunal Supremo había dado 8 días a las defensas y a las acusaciones para que se pronunciaran sobre el impacto de la reforma penal en las condenas fijadas en octubre de 2019.
En 39 folios, la Abogacía del Estado considera pertinente rebajar la pena de inhabilitación de Junqueras a 7 años, alegando que «atendiendo a las penas previstas en el artículo 433 del Código Penal ,con el que se castiga el uso del patrimonio público a fines diferentes al que estuviese destinado, y el 557.2 relativo a los desórdenes públicos» al apreciar «el concurso medial entre ambos delitos».
Es por ello que, el tribunal del 1-O deberá revisar las penas impuestas en 2019 para aplicar el Código Penal más favorable a los condenados, tal y como fija la propia norma en su artículo 2. Aunque el Tribunal Supremo ha emplazado a las partes a que se pronuncien, será el tribunal (presidido por el magistrado Manuel Marchena) quien decida finalmente cómo queda la sentencia.
En síntesis, las penas a imponer serán en todo caso las del art. 432 CP. Dichas penas, por aplicación del nuevo art. 432 apartado 2, letra b), párrafo último (lo malversado excede de 250.000 euros), son las de prisión de 4 a 8 años en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado, por tanto, prisión de 6 a 12 años, e inhabilitación absoluta por tiempo de 10 a 20 años. Estas penas son las mismas que las que contemplaba el antiguo art. 432 CP.
La horquilla de la pena de inhabilitación absoluta resultante en la nueva redacción de la malversación (de 10 a 20 años) es igual que la prevista en el precepto penal aplicado por la sentencia, lo que permite concluir que las penas de inhabilitación absoluta impuestas (13 años para Oriol Junqueras y 12 años para Raul Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa) son penas que se encuentran en la mitad inferior de las penas de inhabilitación absoluta actualmente previstas con idénticos tramos, y también imponibles tras la nueva reforma.
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