Mas de 4.000 sefardíes recién nacionalizados no podrán votar el 20D
El BOE ha publicado este jueves el Real Decreto por el que el Gobierno ha concedido la nacionalidad española a un total de 4.302 sefardíes. Estos descendientes de los judíos expulsados de España en 1492 llevaban desde el pasado 1 de octubre esta resolución, momento en el que entró en vigor la nueva ley que concede la nacionalidad a los judíos sefardíes.
El problema reside en que este Real Decreto no empezará a aplicarse hasta dentro de tres meses, impidiendo de esta forma que estos nuevos españoles puedan votar a tiempo para los comicios generales del próxima 20 de diciembre convocados el pasado lunes. El documento fue aprobado en el Consejo de Ministros celebrado el pasado 2 de octubre por el titular de Justicia, Rafael Catalá.
El ministro de Justicia ya explicó en su momento que esta medida es «un ejercicio de reparación histórica y de encuentro con la comunidad sefardí creando un procedimiento especial». Gracias a la Ley 12/2015 de Concesión de Nacionalidad a Sefardíes, estos descendientes podrán exigir la ciudadanía española.
Orígenes diversos
La mayoría de estas personas son ciudadanos originarios de Venezuela, Turquía y Marruecos, según ha informado a través de un comunicado la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE). En esta misma nota de prensa se celebra esta resolución debido a que «responde al deseo de muchos sefardíes descendientes de los judíos expulsados en 1492 y repartidos por el mundo, de recuperar su vinculación con España».
Estos nuevos españoles deberán presentarse en un plazo de 180 días en el Registro Civil para cumplir las siguientes obligaciones: Solicitar la inscripción y aportar un certificado de nacimiento del país de origen debidamente legalizado y traducido; aportar un nuevo certificado de antecedentes penales del país de origen en vigor, acreditativo de la ausencia de antecedentes penales; y jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes.
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