La tabla completa de las retenciones de IRPF para los pensionistas: lo que te van a quitar
Consulta la tabla completa de retenciones para los pensionistas
Los millones de pensionistas que hay en España también tienen la obligación de pagar impuestos que se llevan a cabo en base a las retenciones del IRPF. De esta forma, en este 2024 el Gobierno ha actualizado estos tramos que dependerán de la situación financiera de las personas que cobren una prestación contributiva por jubilación. Consulta aquí la tabla completa de las retenciones del IRFP para los pensionistas en España. Esta irá en función de los ingresos, situación personal y familiar del titular. Hay un grupo de personas que también están exentas del pago de estos impuestos.
«Las pensiones, cuya cuantía supere el importe anual legalmente establecido, están sujetas a tributación en los términos establecidos en las normas reguladoras del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y sometidas, en su caso, al sistema general de retenciones a cuenta del impuesto». Así confirma el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la obligatoriedad de este grupo de pensionistas para pagar los respectivos impuestos al año.
Como sucede con cualquier trabajador en España, los pensionistas españoles también están sujetos al impuesto de la Renta de las Personas Físicas. La cuantía de este importe irán en función de los ingresos del pensionista en cuestión y de su situación. Conforme indica esta página perteneciente al Gobierno, estarán exentos del pago de IRPF los pensionistas que estén en esta situación y cumplan con los siguientes requisitos que se tendrán que verificar ante los órganos dependientes del Estado.
- Pensiones derivadas de actos de terrorismo.
- Las ayudas de cualquier clase percibidas por los afectados por el virus de inmunodeficiencia humana.
- Pensiones en favor de quienes sufrieron lesiones o mutilaciones con ocasión o como consecuencia de la guerra civil, ya sea por el Régimen de Clases Pasivas del Estado o por la legislación especial dictada al efecto.
- Pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del Régimen de Clases Pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiera sido causa de aquéllas inhabilitara por completo al preceptor de la pensión para toda profesión u oficio.
- Pensiones de orfandad.
- Indemnizaciones por tiempos de prisión como consecuencia de los supuestos contemplados en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía.
Tabla completa de las retenciones para pensionistas
Los pensionistas españoles, como el resto de los trabajadores, están sujetos al impuesto de la Renta de las Personas Físicas en lo que respecta al tipo estatal y autonómico, así que la suma de ambos será el porcentaje total de la cantidad que se deducirá de la cuantía de la prestación. Esto irá de forma progresiva desde lo que cobran hasta 12.450 euros que tendrán un 19% de IRFP hasta los que tienen unos ingresos de 300.000 que tributarán al 47%.
- Desde 0 a 12.450 euros: 19%.
- De 12.450 € a 20.200 euros: 24%.
- De 20.200 35.200 euros: 30%.
- De 32.500 € a 60.000 euros: 37%.
- De 60.000 a 300.000 euros: 45%.
- Más de 300.000 euros: 47%.
De esta forma, las personas estarán sujetos a un IRPF en función de los ingresos generados, situación personal y familiar del titular. El artículo 81 del Reglamento del IRPF hace referencia a tres tipos de situaciones familiares que a la hora de hacer una declaración de la renta influyen en lo relativo al impuesto de la Renta de las Personas Físicas.
Podrán disponer de una variación en el porcentaje del impuesto de la Renta de las Personas Físicas las personas aquel que esté en situación de soltero, viudo, separado legalmente o divorciado y aquellos matrimonios cuyo cónyuge tenga unos ingresos inferiores a 1.500 euros. También podrán sufrir una reducción en la cantidad de impuestos a pagar los que tengan a su cargo a hijos menores de 18 años o los mayores de edad con discapacidad. También los que convivan con hijos menores de 25 años con una renta anual inferior a 8.000 euros.
Por lo que respecta a la hora de hacer la declaración de la renta, la tendrán que hacer de forma obligatoria las personas que superen unos ingresos mínimos de 12.450 euros. De esta forma, las personas que tengan la pensión mínima no contributiva, que en el año 2024 es de 7.250,60 euros, no están obligadas a presentar el ejercicio de IRPF anual. A la hora de realizar esta acción hay que tener precaución ya que si tienes ingresos extra estarás obligado a dar cuenta a Hacienda sobre tu situación actual y pagar las cantidades correspondientes.
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