Récord confirmado en la pensión de viudedad: el giro que nadie esperaba
La pensión de viudedad alcanzará una cifra récord a partir del próximo año
La pensión de viudedad es la segunda prestación en la que más invierte el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones al mes. De cara a 2025 todo hace indicar que la pensión media alcanzará unas cifras de récord por la subida de las pensiones que prepara el Gobierno a partir del próximo 1 de enero. A continuación relatamos todo lo que debes saber sobre los requisitos, condiciones y cuantía en lo que respecta a la pensión de viudedad.
El mes pasado el Gobierno realizó un gasto récord en lo que refiere a las pensiones contributivas después de invertir nada más y nada menos que 12.855,2 millones de euros, lo que suponía casi un 6,7% más que el mismo periodo del año anterior. Después de pasar la barrera de los 12 mil millones antes del verano, en agosto y septiembre se batieron registros históricos en lo que refiere a las pensiones contributivas. En octubre todo hace indicar que se superarán estos datos y así será consecutivamente por la subida de las pensiones que preparan desde la Administración de cara al próximo año.
De todo el gasto mensual, la pensión de viudedad es la segunda en la que más invierte el Estado. El pasado mes de septiembre se invirtieron 2.110,4 millones en estas prestaciones que recibieron 2,4 millones de personas, según los datos proporcionados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La pensión de viudedad es la principal prestación para 1,5 millones de personas, de las cuales el 95,8% son mujeres. Todo hace indicar que de cara a 2025 tendrán buenas noticias ya que se espera una subida significativa a partir del próximo 1 de enero.
Récord de la pensión de viudedad
La pensión media de viudedad en septiembre de 2024 está establecida en 897,85 euros, lo que supone un incremento del 5,3% con respecto al mes del año pasado. Este ligero aumento viene determinado por la subida del 3,8% de las pensiones contributivas aprobada por el Gobierno para este año. De cara a 2025, todo hace indicar que volverá a haber una subida de pensiones que será de alrededor del 3%, según informó el BBVA hace una semanas. Para hacer este cálculo se hace una variación media del Índice de Precios de Consumo entre los meses de diciembre de 2023 y noviembre de 2024.
Los datos de inflación a la baja de los últimos meses hará que la subida de las pensiones del próximo año sea algo menos que en 2023 y 2024. Así que para mediados de diciembre todo hace indicar que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones anunciará un incremento en la ‘nómina’ mensual de 9,25 millones de pensionistas en España. Esto hará que todas las pensiones contributivas toquen máximo históricos incluida la pensión de viudedad, que por primera vez en la historia alcanzará los 900 euros al mes.
Con respecto a la cuantía de la pensión de viudedad está dependerá de la situación y las cargas familiares del beneficiario. «La prestación económica se calcula aplicando el porcentaje del 52% a la correspondiente base reguladora, con carácter general, siendo ésta diferente según la situación laboral del fallecido en la fecha del fallecimiento y de la causa que determine la muerte», dice en su página web la Seguridad Social.
La base reguladora subirá al 56% en caso de que tener una edad igual o superior a 65 años, no tengan derecho a otra pensión o no reciba ingresos por la realización de trabajos por cuenta ajena o por cuenta propia. También los que no dispongan rentas superiores a 7.347,99 al año. «Desde el 01-01-2019 el porcentaje aplicable a la base reguladora será del 60%. Cuando el beneficiario tiene cargas familiares y un determinado nivel de ingresos, el porcentaje podrá aumentar hasta el 70%», afirma la Seguridad Social sobre la cuantía de la pensión de viudedad.
Esta cantidad de 900 euros (se abona mensualmente con dos pagas en junio y noviembre) por la pensión de viudedad puede ser mayor ya que se puede compatibilizar con la pensión de jubilación o incapacidad permanente. Esta pensión contributiva tendrá carácter vitalicio y se podrá extinguir por los siguientes motivos:
- Por contraer nuevo matrimonio o constituir pareja de hecho, salvo excepciones.
- Por declaración de culpabilidad en sentencia firme de la muerte del causante.
- Por violencia de género.
- Por fallecimiento.
- Por comprobarse que no falleció el trabajador desaparecido.
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