Puedes cobrar una pensión de incapacidad permanente sin haber cotizado con estos requisitos
Cómo cobrar la pensión de incapacidad permanente si no has cotizado
Estas son las principales diferencias de nuestro sistema de pensiones con los países vecinos
El sistema de pensiones y prestaciones permite cobrar una pensión de incapacidad permanente a los trabajadores que han visto reducida o anulada su capacidad laboral por una enfermedad o un accidente. Se trata de una pensión contributiva, de manera que la Seguridad Social exige un periodo mínimo de cotización. Sin embargo, hay excepciones.
Pensión de incapacidad permanente
«Es una prestación que se reconoce al trabajador cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido do de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral», detalla la Seguridad Social.
El tiempo máximo de la duración de la baja laboral es de 365 días. Se puede prorrogar por 180 días adicionales si se considera que durante ese tiempo se puede producir la total recuperación del trabajador. Una vez agotada la baja laboral, este tiene dos opciones: reincorporarse a su puesto de trabajo o solicitar la incapacidad permanente.
El procedimiento se puede iniciar de oficio por parte de la entidad gestora, a solicitud de las entidades colaboradoras o a petición del interesado. Una vez iniciado, el trabajador tiene que pasar por un tribunal médico y, en función del grado de incapacidad, deberá cumplir una serie de requisitos generales y de cotización.
Si la incapacidad se deriva de una enfermedad común, es necesario tener un período mínimo de cotización, cuya duración dependerá de la edad del beneficiario. Además, el trabajador debe haber estado de baja por esta contingencia durante al menos 18 meses, según lo establecido en el sitio web del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Cuando la incapacidad se debe a un accidente de trabajo, un accidente no laboral o una enfermedad profesional, no es necesario cumplir con un período mínimo de cotización. En otras palabras, la Seguridad Social no exige un mínimo de cotizaciones para ser beneficiario de la pensión por incapacidad permanente.
Pensión no contributiva por invalidez
Cuando una persona no ha cotizado lo suficiente para acceder a la pensión de incapacidad permanente pero tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65%, la Seguridad Social ofrece una alternativa: la pensión no contributiva por invalidez.
Esta pensión se concede sin tener en cuenta las cotizaciones realizadas y está diseñada para brindar apoyo económico a aquellas personas con discapacidad que no cumplen con los requisitos para recibir una pensión contributiva por incapacidad permanente.
Para acceder a la pensión no contributiva por invalidez en España, además de contar con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, se requiere que los ingresos anuales no sean superiores a 6.784,54 euros.
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