Confirman la multa a Google por desviar tráfico para favorecer su servicio de comparación de productos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) da la razón a Bruselas y fija la sanción en 2.400 millones de euros
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha ratificado este martes la multa de 2.400 millones de euros a Google por abuso de posición, una decisión que se ha dado a conocer poco después del fallo contra Apple, que tendrá que devolver 13.000 millones y pagar igualmente una multa de 2.400 por sus ventajas fiscales en Irlanda. En el caso de Google, la sentencia del TJUE -ante la que no cabe recurso- avala la decisión de Bruselas de penalizar a la compañía por favorecer a su propio servicio de comparación de productos frente a los de sus competidores.
Fue en el año 2017 cuando la Comisión Europea impuso la sanción al gigante tecnológico por hacer uso de su posición dominante como buscador para mostrar con una relevancia mayor los resultados de su propia herramienta. Así fue como la multinacional estadounidense logró, según consideró el Ejecutivo comunitario, atraer a un mayor número de usuarios que se decantaban por hacer clic en los resultados de los servicios de comparación de productos de Google antes que en los de sus competidores.
Tras la investigación desarrollada, la Comisión Europea impuso una multa de 2.400 millones de euros a la tecnológica porque «el desvío del tráfico de datos de la página de resultados generales de Google» no se debía «a una mejor calidad de su servicio, sino al autofavoritismo».
Alphabet, socio único de Google
Alphabet abonó 523.518.000 euros del importe total de la multa en condición de socio único de Google, una cuantía a la que hizo frente solidariamente. Sin embargo, ambas firmas recurrieron ante la Justicia europea la decisión de Bruselas, que finalmente ha decidido ratificarla en este recurso de casación tras darle la razón también anteriormente en primera instancia.
El Tribunal europeo, según recoge la sentencia, recuerda que el Derecho comunitario no prohíbe la existencia de la posición dominante de la herramienta de Google a la que se alude, pero sí que prohíbe su explotación abusiva.
Asimismo, señala que la investigación de la Comisión Europea logró demostrar que el comportamiento de la multinacional estadounidense fue «discriminatorio» en relación a sus competidores, y por tanto esa relevancia que le hizo destacar no era consecuencia de los méritos de la empresa, determina el órgano con sede en Luxemburgo.
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