Hacienda lo confirma: puedes deducirte el gimnasio en la declaración de la renta si vives en alguna de estas comunidades
Algunos trabajadores podrán incluir la cuota del gimnasio en la declaración de la renta
La Agencia Tributaria inauguró el miércoles 8 de abril la campaña de la renta 2026 y los contribuyentes que cumplan con los requisitos de ingresos están obligados a presentar la declaración antes del próximo 30 de junio. Millones de ciudadanos españoles podrán acogerse a deducciones para ahorrar impuestos en el ejercicio del IRPF. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la deducción de la cuota del gimnasio en la declaración de la renta.
Los ciudadanos españoles que en 2025 superaran los 22.000 euros de ingreso están obligados desde el 8 de abril y hasta el 30 de junio a presentar la declaración de la renta ante la Agencia Tributaria. También están obligados a hacer el ejercicio del IRPF los trabajadores con dos pagadores que superen los 15.876 euros, siempre y cuando el segundo de ellos supere los 1.500 euros. También tendrán que rendir cuentas con Hacienda los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y todos los trabajadores autónomos.
Estos trabajadores podrán acogerse a un buen número de deducciones de carácter estatal y autonómico para poder ahorrarse el pago de impuestos. Los ciudadanos podrán generar unos ahorros en la declaración por diferentes motivos, como puede ser por el alquiler, la compra de una primera vivienda, la compra de un coche eléctrico, realizar obras que mejoren la eficiencia energética del edificio, por movilidad geográfica, una hipoteca anterior a 2023 o por donativos. Algunas comunidades autónomas incluso han introducido recientemente deducciones en la renta por el dentista o por ir al gimnasio.
El gimnasio en la declaración de la renta
La Comunidad Valenciana, Murcia, La Rioja y Andalucía son las comunidades autónomas en las que se puede incluir la cuota del gimnasio en la campaña de la declaración de la renta. Según informa la Agencia Tributaria, los ciudadanos que quieran ahorrar impuestos tendrán que cumplir con una serie de requisitos.
Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana la deducción será de hasta el 30% con un límite de hasta 150 euros anuales. La deducción subirá al 50% para las personas que tengan más de 65 años y hasta el 100% si superan los 75 años o una discapacidad del 65%. Podrán acogerse a esta deducción las personas que no superen los 32.000 euros de ingresos al año.
En Murcia y La Rioja los contribuyentes se podrán deducir un 30% de los gastos hasta un límite de 300 euros. En la región murciana no se podrán superar los 31.000 euros de ingreso, mientras que para poder generar este ahorro en La Rioja el centro deportivo tendrá que estar inscrito en la comunidad autónoma. En Andalucía, la deducción será del 15% hasta un tope de 100 euros anuales con la particularidad de que se podrán incluir los gastos de los hijos y cónyuges que formen parte de la declaración conjunta.
Para poder acogerse a esta deducción en la renta por el gimnasio, habrá que cumplir con otros trámites burocráticos que solicita Hacienda. Por ejemplo, tendrán que presentar la factura oficial en la que aparezca el DNI y el concepto claro. No bastará con el justificante bancario. Este pago también se tendrá que haber hecho mediante transferencia, tarjeta de crédito u otro elemento financiero. Importante: no se podrá acceder a la deducción si el pago ha sido en metálico. El ciudadano que quiera desgravarse la cuota del gimnasio en estas comunidades también tendrá que estar empadronado en ellas.
Si cumples con estos requisitos, podrás ahorrarte unos euros en la campaña de la renta que comenzó el 8 de abril y se extenderá hasta el próximo 30 de junio.
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