El Gobierno de España lo hace oficial: dos semanas extra de permiso a partir del 2026
Un permiso que podrán solicitar aquellos padres cuyo hijo haya nacido desde el 2 de agosto de 2024.
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Desde el 1 de enero de 2026, cualquier trabajador con hijos menores de ocho años podrá pedir dos semanas más de permiso retribuido para hacerse cargo de los pequeños. No es un extra menor: por primera vez se reconoce como un derecho propio, separado del permiso por nacimiento habitual, y la Seguridad Social calcula que más de 365.000 personas podrían beneficiarse.
El cambio pone de manifiesto por un lado, la posibilidad de disponer de más tiempo más allá del primer año de vida del menor. Por otro, que se aplicará con carácter retroactivo para quienes hayan tenido hijos, o los hayan adoptado, desde el 2 de agosto de 2024. Esto deja a un número considerable de padres y madres en una situación nueva, porque muchos descubren ahora que podrán sumar estas dos semanas a los periodos que ya tenían previstos. De hecho, la propia Seguridad Social ha empezado a enviar información dirigida a esos potenciales beneficiarios. Este permiso forma parte de la ampliación aprobada el pasado verano. Aquella reforma elevó el permiso de nacimiento a 17 semanas y, además, abrió la puerta a usar parte de ese tiempo de manera flexible incluso cuando el menor supera el año. El abogado laboralista Juanma Lorente lo explica de una forma muy directa: si el hijo nació o fue adoptado después del 2 de agosto de 2024, el permiso estará disponible desde 2026. Y se suma, recuerda, a la ampliación que movió el contador total de 16 a 19 semanas.
Cómo se solicita este nuevo permiso retribuido para 2026
El procedimiento será íntegramente telemático a través del portal de prestaciones de la Seguridad Social. La solicitud podrá presentarse con un máximo de 15 días de antelación, aunque antes la empresa deberá enviar un certificado en el que conste la fecha exacta de inicio y final del periodo solicitado. Ese paso previo es imprescindible para que el sistema reconozca el derecho y permita completar la solicitud.
Según explican los expertos, el trámite es sencillo: el trabajador avisa a la empresa con al menos 15 días de antelación, la compañía remite el certificado correspondiente y, cuando este queda registrado, el interesado puede presentar la solicitud online. En caso de necesitarlo, un representante autorizado también puede realizar el trámite en nombre del afectado. Eso sí, se requiere identificación electrónica para completar el proceso.
Requisitos generales y quién puede beneficiarse
El permiso está dirigido a los progenitores con hijos menores de ocho años, tanto por nacimiento como por adopción o acogida. La Seguridad Social estima que 365.747 personas cumplen actualmente las condiciones para acogerse a esta ampliación. Además, las familias monoparentales contarán con una ventaja añadida, ya que podrán duplicar su duración: de dos semanas se pasará a cuatro, tanto en 2026 como en el resto de tramos previstos por la normativa.
La retribución se mantiene al 100% de la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al inicio del permiso, por lo que no supone ninguna merma económica para el trabajador. Este permiso se suma al ampliado por nacimiento y cuidado, que desde el verano pasó de 16 a 19 semanas por progenitor, o hasta 32 semanas en familias monoparentales.
Cómo funcionan las semanas adicionales según la fecha de nacimiento o adopción
Las posibilidades de disfrute varían en función de cuándo nació o fue adoptado el menor. Los periodos pueden distribuirse de forma continuada o en semanas completas, a jornada completa o parcial, y siempre dentro de los límites establecidos para cada tramo:
- Para nacimientos, adopciones o acogidas a partir del 31 de julio de 2025:
11 semanas adicionales durante el primer año del menor, ampliables a 22 en familias monoparentales. 2 semanas extra hasta que el niño cumpla 8 años, o 4 semanas en caso de hogares monoparentales. - Para menores nacidos entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025: 10 semanas durante el primer año de vida del menor, o 20 en familias monoparentales.
- Para nacimientos anteriores al 2 de agosto de 2024: 10 semanas de disfrute durante el primer año, ampliables igualmente a 20 en hogares monoparentales.
- A partir del 1 de enero de 2026: Se añaden las dos semanas de permiso retribuido que se podrán disfrutar hasta los 8 años, ampliables a cuatro en familias monoparentales.
Preguntas frecuentes según la Seguridad Social
Las aclaraciones que el INSS ha publicado resuelven la mayoría de dudas habituales:
- Está dirigido a quienes ya han completado las 6 semanas obligatorias tras el nacimiento, adopción o acogida.
- Sólo pueden solicitarlo quienes ya hayan disfrutado del periodo obligatorio de descanso.
- Los periodos se pueden disfrutar de forma continuada o en bloques semanales.
- Es posible compatibilizarlo con otros tramos del permiso si el nacimiento o adopción se encuentra dentro de las fechas que permiten la ampliación.
- La solicitud debe realizarse siempre después de que la empresa haya enviado el certificado correspondiente.
Este nuevo permiso retribuido supone un avance significativo en materia de conciliación en España y consolida un modelo más flexible, escalonado y adaptado a las necesidades reales de las familias. A pocos meses de su entrada en vigor, los organismos implicados afinan ya los canales de tramitación para garantizar que la solicitud sea sencilla y accesible desde el primer día de 2026.
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