Atención pensionistas: la Seguridad Social quitará la incapacidad permanente en estos casos
El secreto que nadie conoce para obtener la pensión más alta: 3.000 euros te están esperando
Pensionista, los bancos te la están liando: atropello con estas comisiones sin sentido
Te contamos cuáles son las pensiones de la Seguridad Social exentas de tributar por el IRPF
En España hay más de 10 millones de pensionistas de las diferentes pensiones contributivas y no contributivas que se pueden cobrar, unos 950.000 cobrando cada mes una pensión de incapacidad permanente. Te contamos los motivos por los que la Seguridad Social va a quitar la incapacidad permanente, datos muy importantes a tener en cuenta ya que podrías perder la tuya si la estás cobrando… ¡toma nota!.
¿Qué es la incapacidad permanente?
La pensión de incapacidad permanente se le concede a personas que han pasado por una enfermedad o accidente que ha anulado o reducido su capacidad laboral, y se trata de una pensión contributiva que no es indefinida, el Instituto Nacional de la Seguridad Social tiene la facultad de retirar esta pensión en determinadas circunstancias. Además, la Seguridad Social explica en su página web que hay varios grados para determinar una incapacidad permanente (parcial, total, absoluta o gran invalidez).
Motivos para suspender la pensión de incapacidad permanente
La Seguridad Social puede suspender la pensión de incapacidad permanente cuando considere que ha habido comportamientos indebidos por parte del pensionista que se beneficia de ella, siendo estos los motivos principales:
- Actuación fraudulenta: se suspende si se descubre que el pensionista ha actuado de forma fraudulenta con el objetivo de obtener o mantener el derecho a recibir la prestación, con conductas engañosas o falas declaraciones que han llevado a obtenerla, por ejemplo engañando en los tribunales médicos encargados de renovarla.
- Imprudencia temeraria: si la incapacidad permanente ha empeorado debido a una imprudencia temeraria por parte del beneficiario, también se puede suspender su percepción.
- Rechazo o abandono de tratamiento médico: si se determina que el beneficiario ha empeorado debido a un rechazo injustificado al tratamiento médico, o que lo ha abandonado durante el tiempo que era necesario es motivo de suspensión de la pensión.
- Rechazo o abandono de readaptación y rehabilitación: similar al punto anterior, en este caso cuando el rechazo es injustificado ante los procesos de readaptación y rehabilitación recomendados para la mejoría.
¿Cuándo termina una pensión de incapacidad permanente?
Además del poder de suspender la pensión de incapacidad permanente por todos los motivos anteriores, ésta se extinguirá cuando el beneficiario se recupere del accidente o enfermedad que la causaba, pudiendo por lo tanto volver a trabajar. Para ello se debe determinar en una revisión médica que se ha experimentado una curación significativa. También se extinguirá en el momento en el que el beneficiario fallezca.
Lo último en Economía
-
Iberdrola generó energía en EEUU en el primer semestre como para abastecer a 2,4 millones de hogares
-
La inflación subió en julio al 2,7% por el encarecimiento de electricidad y gasolinas
-
La luz se dispara un 12% en un año por las medidas de Red Eléctrica tras el apagón e impulsa la inflación
-
La CNMC libera a Telefónica de las obligaciones de banda ancha
-
Sacyr se adjudica contratos de edificación residencial por 245 millones y construirá 830 viviendas
Últimas noticias
-
Incendios en España en directo: última hora del fuego en León, Zamora, Orense y Tarifa
-
El PP denuncia que la sanidad de Castilla-La Mancha «agoniza bajo el abandono de García-Page”
-
PSG vs Tottenham: dónde ver en directo online y por TV y a qué hora es la Supercopa de Europa hoy
-
Entre aplausos y vítores: así despiden los bañistas a los héroes que han sofocado el incendio de Tarifa
-
Iberdrola generó energía en EEUU en el primer semestre como para abastecer a 2,4 millones de hogares