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Así es el miniparo del SEPE que ya puedes cobrar de forma indefinida: el formulario para pedirlo

Foto de un hombre con traje, del que se ve sólo la mano y que tiene un billete de 500 euros doblado.
Mano con billete de 500 euros.
Gemma Meca
  • Gemma Meca
  • Licenciada en Historia, máster en Periodismo y Comunicación Digital. Redactora en Ok Diario. Cuento historias, soy amante de los astros, sigo a la luna, los TT de Twitter y las tendencias en moda. Experta en noticias de consumo, lifestyle, recetas y Lotería de Navidad.

El SEPE tiene un miniparo que se puede cobrar de forma indefinida, te contamos como cobrarlo a través de un formulario. Nuestro país dispone de una serie de elementos que deben acompañarnos en un día a día en caso de formar parte de los sectores más vulnerables. Los servicios públicos deben ayudarnos a conseguir una mínima seguridad. Después de haber trabajado años, debemos estar listos para poder afrontar un bajón o cualquier problema que nos impida trabajar, por motivos de salud o de falta de ofertas.

Todo el mundo puede pasar un mal momento que lo empuje a buscar ayuda en un SEPE que sea el que nos ayude a llegar a final de mes o al menos a intentar sobrevivir en estos tiempos que corren. Es hora de apostar por unos cambios que son importantes, si estamos viviendo un momento complicado, es importante conocer todas las ayudas de que disponemos. Este miniparo del SEPE es lo que quizás te ayude en esta búsqueda de una cierta estabilidad o tranquilidad, sabiendo que siempre llegará un dinero a nuestra cuenta corriente, de la mano de este pago.

El miniparo del SEPE que ya puedes cobrar de forma indefinida

El paro es esa paga que llega puntual cuando nos hemos quedado sin trabajo, siendo un elemento que aporta una cierta seguridad. Pagamos cada mes para descubrir que tenemos garantizado, al menos 2 años, en caso de haber cotizado lo suficiente. Una forma de reiventarnos si estamos sin trabajo o de buscar otra forma de vida.

No es fácil sobrevivir en un país donde cuesta llegar a final de mes. Con unos gastos cada vez más disparados, tocará estar preparado para poder servirse de todas las ayudas públicas a las que tengamos derecho, siendo la única manera de poder tener lo que necesitamos, una vida digna.

El SEPE debe garantizar, por un lado, las ofertas de trabajo o de formación necesarias para poder encontrar un trabajo. Pero también nos informa de las ayudas que tenemos a nuestra disposición y que quizás son las que marcarán estos días que tenemos por delante. Es hora de ver un poco más allá y ponerse en el peor de los casos. En caso de tener que recurrir a un miniparo que es casi indefinido para poder obtener unos pequeños ingresos a final de mes.

Así funciona el miniparo del SEPE

Tal y como nos informa la web del SEPE hay un cambio en las ayudas a mayores de 52 años que tiene mucho que ver con lo que deberíamos esperar. Son tiempos en los que cuesta más encontrar un trabajo, pero gracias a este tipo de ayudas se puede cobrar hasta la jubilación, ayudando a un colectivo que necesita todos los esfuerzos y más.

A partir de ahora se podrá cobrar a los 52 en lugar de los 55 siempre y cuando se cumplan con unos requisitos que el SEPE dicta:

Además de poder acceder quienes tengan cumplidos 52 años en la fecha de estar percibiendo o tener derecho a cualquier subsidio, (consulte en el dorso si es beneficiario o beneficiaria del subsidio extraordinario o de la renta activa inserción) también podrán acceder las personas que anteriormente hayan agotado una prestación o subsidio por desempleo si desde entonces, se han mantenido inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo, no teniéndose en cuenta las posibles interrupciones inferiores a tres meses o que correspondan a periodos de actividad.

Para poder acceder a este subsidio y mantenerlo, únicamente se tendrán en cuenta las rentas de la propia persona solicitante o beneficiaria y no las de su unidad familiar.

Si se continúan cumpliendo los requisitos exigidos, se percibirá hasta la fecha en la que se cumpla la edad de jubilación ordinaria y no solo hasta la fecha del cumplimiento de la edad para jubilarse anticipadamente.

Durante el tiempo que se perciba, se cotizará para la jubilación y la base de cotización será el 125 por ciento del tope mínimo de cotización vigente en cada momento, en lugar del 100 por ciento actual, con efectos desde el 1 de abril de 2019.

Su cuantía será igual al 80 por ciento del indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM), aunque se esté desempleado o desempleada por haber perdido un contrato a tiempo parcial. Se elimina el descuento a los que se encuentren percibiendo el subsidio.

Se mantienen el resto de los requisitos establecidos en la Ley para poder cobrar el subsidio para personas trabajadoras mayores de 52 años, y por tanto, será necesario haber cotizado por desempleo, al menos, durante seis años y justificar que en el momento de la solicitud se reúnen todos los requisitos, excepto la edad, para acceder a la pensión contributiva de jubilación en la Seguridad Social.

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