Nuevas multas de la DGT: hasta 500 euros por no llevar la mascarilla en el coche
Hay varios tipos de multas relacionadas con la mascarilla
A estas alturas todos tenemos claro que el uso de la mascarilla es obligatorio en espacios públicos y en la vía pública, pero todavía son muchos los que desconocen que también deben llevarla en el coche. La ley 2/2021 del 29 de marzo se refiere a las medidas urgentes para prevenir, coordinar y contener la crisis del coronavirus. En base a esta norma, la DGT ha establecido una serie de multas para quienes viajen en un vehículo con personas no convivientes y no lleven puesta la mascarilla. La sanción oscila entre los 80 y los 500 euros.
¿Cuáles son las multas de la DGT por ir sin mascarilla en el coche?
Es importante que antes de coger el coche y viajar con no convivientes conozcas cuáles son las nuevas multas de la DGT en relación al uso de la mascarilla.
- 80 euros: llevar la mascarilla colgada del espejo retrovisor no está permitido, y hacerlo conlleva una sanción de 80 euros.
- 100 euros: si no se está utilizando la mascarilla cuando se viaja en un vehículo con personas que no forman parte de la unidad familiar. La sanción económica asciende a 100 euros, sin pérdida de puntos para el conductor. Esta multa también se aplica si en el coche viajan más de cuatro personas.
- 500 euros: la multa más alta se aplica cuando el conductor se quita la mascarilla mientras conduce. Además de tener que pagar 500 euros, se le retiran seis puntos del carnet de conducir.
¿Quiénes están exentos de la norma? Las personas que tengan alguna enfermedad o dificultad respiratoria que se pueda ver agravada por el uso de la mascarilla, personas que por su situación de dependencia o discapacidad no tengan autonomía para quitarse la mascarilla, y personas cuya conducta pueda verse alterada al utilizar mascarilla.
Nuevos límites de velocidad en ciudades
A esto hay que sumar los nuevos límites de velocidad en ciudades que entrarán en vigor el próximo 11 de mayo. El Consejo de Ministros aprobó la reforma por Real Decreto a mediados de noviembre de 2020, y en principio la norma iba a ponerse en marcha el 2 de enero de 2021.
El objetivo de la DGT es reducir la accidentalidad: un atropello a 30 kilómetros por hora en lugar de a 50 kilómetros por hora reduce cinco veces el riesgo fallecimiento en caso de atropello.
Los nuevos límites de velocidad son los siguientes:
- 20 kilómetros por hora: calles con un solo carril y/o sin diferencia de altura entre la carretera y la acera.
- 30 kilómetros por hora: calles con dos carriles, uno por sentido.
- 50 kilómetros por hora: calles con dos o más carriles por sentido.
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