El TSJ confirma 50 años de condena a un padre por el asesinato de sus dos hijos en Godella
Internan a la madre y condenan a 50 años al padre por el asesinato de sus dos hijos en Godella
El jurado declara culpables de asesinato a los padres de los niños de Godella
Crimen de Godella: la Fiscalía pide 50 años de cárcel para el padre y 50 años de internamiento para la madre
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) ha ratificado hoy la condena de 50 años impuesta en primera instancia a un padre por el asesinato de sus hijos y el internamiento de la madre.
Las falsas creencias místico-religiosas pueden resultar en ocasiones fatales. Así, sucedió en el doble crimen de Godella, cuando dos niños de entre 5 meses y tres años y medio, murieron a manos de sus propios padres. El caso, ha llegado hasta el TSJ valenciano, que ha ratificado la condena al padre de 50 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Valencia y una medida de internamiento psiquiátrico para la madre al concurrir, en su caso, la eximente completa de anomalía psíquica.
Los hechos que han dado pie a este proceso ocurrieron en marzo de 2019. Entonces, ambos progenitores estaban convencidos de que la existencia de una secta que les perseguía y abusaba sexualmente de los niños. Finalmente, decidieron que la manera de proteger a los menores era someterles a un baño purificador y terminar con sus vidas con el fin de que luego pudieran sobrevivir. Tanto el padre como la madre fueron juzgados por estos crímenes en la Audiencia Provincial de Valencia, que decidió absolver a la madre al concurrir la eximente de anomalía psíquica por una enfermedad mental e impuso su internamiento psiquiátrico. Además, condenó al padre a una pena de 50 años de prisión, con un máximo de cumplimiento de 40 de esos años. Se consideró probado que ambos progenitores habían asesinado a golpes a sus hijos, impulsados por sus creencias místico-religiosas.
Ahora, la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJ ha desestimado los recursos de las defensas de ambos progenitores y ha concluido que no hubo vulneración alguna del derecho de presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva. No obstante, la sentencia del TSJ puede ser aún recurrida ante el Tribunal Supremo.
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