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Giro de 180º en los colegios de Cataluña a partir de este día: los padres de los niños no dan crédito

Es una propuesta que todavía debe aprobarse por parte de la Generalitat de Cataluña

Para la titular de Educación, la fecha de inicio de cursos es equilibrada, que tiene sentido común

Se ha establecido que al menos 3 tardes tengan que ser lectivas

Aunque durante años había una fecha fijada para empezar las clases en  los colegios de Cataluña, ya hace un par de años que se ha adelantado con el fin de conciliar a las familias. Ahora, además de establece qué día empezarán los colegios en los próximos tres días. Es una propuesta que todavía debe aprobarse por parte de la Generalitat de Cataluña.

En base a ello, de momento, se fija el día 8 de septiembre como primer día escolar. Algo que no sorprende porque ya se empezó con esta fecha el pasado año. pero sí ha sido algo destacado que esta propuesta, la de empezar el curso escolar tal día, sea la que se establecerá probablemente a lo largo de los próximos tres años. En este sentido, el Departamento de Educación y Formación Profesional de la Generalitat de Cataluña establece que tal fecha es «para dar la previsión y estabilidad que requiere el sistema educativo».

El día que arrancar el curso en los colegios de Cataluña

La consejera de Educación y Formación Profesional, Esther Niubó, destacó que la fecha propuesta para iniciar el curso el 8 de septiembre de 2026 «es una propuesta equilibrada pensando en los docentes, en los equipos directivos y en las familias».

Ante la alerta de la comunidad estudiantil, Niubó recordó que la fecha del calendario es una propuesta que el Departamento hace anualmente, que se presenta a los representantes sindicales en la Mesa Sectorial y en la Junta Permanente de Direcciones -como se ha hecho estos últimos días-, y que el Consejo de Educación de Cataluña presenta posteriormente al conjunto de la comunidad educativa.

Según la Consejera, en cuanto a las adjudicaciones de plantillas docentes en los centros, «contemplamos tenerlas hechas a más tardar a principios de julio. Nuestra voluntad es ésta, que la mayoría se hagan en julio, de tal manera que el 1 de septiembre los docentes puedan saber en qué centro están destinados».

Para la titular de Educación, el 8 de septiembre es una fecha equilibrada, que tiene sentido común. Es decir, no se escoge así al azar, y comenta que la novedad este año en los colegios de Cataluña es que el Departamento, precisamente para dar al sistema educativo la previsión y estabilidad que requiere, propone una fecha para los tres próximos cursos.

De esta manera, por primera vez, también se establece la fecha de 8 de septiembre para el curso 2027-2028 y el curso 2028-2029.

Niubó también comentó que la propuesta de calendario escolar también indica que los institutos-escuela tendrán que destinar al menos tres tardes lectivas al alumnado: «Lo que caracteriza un instituto escuela es esta continuidad del proyecto pedagógico entre primaria y secundaria», y ha recordado que de los 121 institutos escuela en marcha este curso en toda Cataluña, «la teníamos 25 que o no hacían ninguno o hacían dos».

De esta forma, han establecido que al menos 3 tardes tengan que ser lectivas porque así garantizan la continuidad del proyecto pedagógico.

Calendario escolar 2025-2026

Entrado el año 2026 , cabe repasar cuál es el calendario que sigue en este curso escolar 2025-2026 en  los colegios de Cataluña.

Del 28 de marzo en el 6 de abril de 2026

Es el periodo de las vacaciones de Semana Santa.

19 de junio de 2026

El día en que terminan las clases en la educación infantil (3-6 años), en la educación primaria, en la educación secundaria obligatoria, en el primer curso de bachillerato y en la formación profesional de grado básico.

Más días festivos

Tienen la consideración de días festivos los que determine la disposición correspondiente del Departamento de Empresa y Trabajo y los dos días de fiesta local. En caso de que los días de fiesta local caigan en día no lectivo, los centros podrán añadirlos a los establecidos de libre disposición en el curso escolar correspondiente.

Los centros pueden establecer cuatro días festivos de libre disposición que deben distribuirse equitativamente entre los tres trimestres, no pueden coincidir con los de inicio y final de curso o de períodos de Navidad o de Semana Santa, deben preverse en la programación general del centro y deben comunicarse a los servicios territoriales. Son los días que tienen establecidos cada centro y que hacen también durante el año.

Excepcionalmente, los servicios territoriales pueden autorizar la propuesta por parte de la dirección de los centros a establecer los días de libre disposición consecutivos en un mismo trimestre. En este caso es necesario el acuerdo previo del consejo escolar del centro, según informa el Consocio de Educación de Barcelona.