caso cursach

Herranz se emplea a fondo para acusar al juez y el fiscal que investigaron al capo de Mallorca, Cursach

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El juez Manuel Penalva (c) y el fiscal Miguel Ángel Subirán (i) durante un juicio. (Europa Press)

El fiscal Tomás Herranz que exculpó a Bartolomé Cursach de los múltiples delitos que le acusaba está ahora haciendo lo posible para inculpar a los instructores  de la causa contra el conocido como el capo de Mallorca. Herranz solicita más de 100 años de cárcel para el juez Manuel Penalva y el fiscal Miguel Ángel Subirán que desde el pasado lunes se sientan en el banquillo. La defensa de los acusados solicitó el lunes la nulidad del proceso contra Penalva y Subirán y este miércoles el fiscal Herranz se ha empleado a fondo para intentar demostrar la validez de las pruebas presentadas.

La base de la acusación de Herranz contra Penalva y Subirán y otros acusados se sustenta en la filtración a la prensa de las investigaciones que iban desarrollando Penalva y Subirán. Herranz ha hecho referencia a la «infinidad» de filtraciones por parte de los investigadores del caso Cursach y ha defendido la validez de su acusación, asegurando que las filtraciones que menciona en su escrito «en absoluto vienen de los listados de llamadas nulos».

Com ha ido contando OKDIARIO, en una de las sesiones más surrealistas vivida en la Sala de la Audiencia de Baleares, el fiscal Herranz exculpó a Cursach de todos los cargos y, entre lágrimas, le pidió perdón por haberle acusado. Antes de esto, Herranz obvió un centenar de pruebas contra el empresario de la noche y los demás acusados.

El juicio se celebró entre los meses de junio y diciembre de 2022 sólo con testigos y sin la utilización de ninguna de las pruebas que comprometían al empresario de la noche.

Después de exculpar a Cursach, Herranz dirigió sus actuaciones contra los instructores del caso y en su escrito de acusación pide nada menos que  118 años de cárcel para Penalva y 121 par Subirán.

Herranz se defiende

Este miércoles Herranz ha  respondido a las cuestiones previas presentadas por las defensas del juez Manuel Penalva, el fiscal Miguel Ángel Subirán, el inspector jefe del Grupo de Blanqueo José Luis García Reguera, el subinspector Miquel Ángel Blanco, la subinspectora Blanca Ruiz y el policía Iván Bandera, para quienes se solicitan penas de cárcel que suman en total más de 600 años.

Sus abogados pidieron la nulidad de la instrucción y la suspensión del juicio basándose en que la mayoría de pruebas de la acusación se extrajeron del espionaje a los periodistas del caso Móviles, declarado nulo por parte del Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB).

Sin embargo, el fiscal ha reiterado que las filtraciones que presenta en su escrito «ninguna relación tienen con los listados de llamadas» de los periodistas Blanca Pou y Kiko Mestre, de Europa Press y Diario de Mallorca, respectivamente.

Además, ha especificado que incluso algunas fuentes de prueba que pueden dar objeto a confundir su validez se basan realmente en las noticias de los periódicos publicadas, no en los listados de llamadas.

Herranz también ha cuestionado la vinculación entre la entrega del teléfono del policía Iván Bandera, de donde se extrajeron los mensajes del grupo de WhatsApp que tenían los acusados para comentar la investigación, con la nulidad de los listados telefónicos de los periodistas.

«Pueden valorarse lícitamente las pruebas y considerarse jurídicamente independientes», ha dicho el fiscal, argumentando que «la vulneración solo se produce si la ilegitimidad de las pruebas originales se transmite a las derivadas». Por tanto, ha justificado que la entrega del móvil de Bandera se habría producido de todos modos. «Era un descubrimiento inevitable».

Además, sobre el policía, Herranz ha hecho referencia a un atestado que refiere que Bandera era quien «manejaba a los testigos de la causa, siendo significativo que algunos testigos protegidos tengan acceso al periodista Kiko Mestre».

También ha destacado que Bandera fue el único, junto a su jefe -también acusado-, que solicitó irse del Grupo de Blanqueo cuando se inició la investigación de este procedimiento.

Por último, ha resaltado que el policía entregó «voluntariamente su teléfono» en su primera declaración como testigo en 2018, antes de que se decretara la nulidad de las resoluciones, y después tras su detención. «Sin duda, cuando lo entrega no lo hace bajo temor, está confiado y seguro de que no le iba a producir perjuicio alguno porque había borrado los chats. Y hay más, pudo oponerse a su desprecinto, pues fue notificado y no lo hizo», ha insistido el fiscal.

Del mismo modo se ha referido a la acusada Blanca Ruiz, sobre quien ha asegurado que entregó su teléfono de manera voluntaria, ofreciendo el pin de desbloqueo, después de ser puesta en libertad. Además, Herranz ha reiterado que la implicación de Ruiz se decretó a raíz de lo extraído en el móvil de Bandera, por lo que su acusación no está vinculada con la nulidad de las llamadas.

Sobre el argumento de las defensas de que la implicación de Miquel Florit, juez instructor de esta causa, atentó contra el derecho a un juez imparcial en la instrucción, Herranz ha defendido que «la abstención de un juez no es un acto voluntario», sino que se debe justificar con causas determinadas en un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial. «Estuvimos atentos y no escuchamos ninguna», ha alegado el fiscal.

Los hechos

En la primera sesión del juicio, las defensas pidieron la nulidad del procedimiento, justificando su reclamo en la sentencia que decretó nulo el rastreo del listado de llamadas y la incautación de los teléfonos a los periodistas.

En este sentido, consideraron que las pruebas extraídas posteriormente, especialmente la detención del policía Iván Bandera y la entrega de su móvil, de donde se extrajeron los mensajes del chat común con los investigadores –que sustentan la mayoría de la acusación–, deben ser declarados también nulos y, por tanto, que el juicio no se celebre.

Los letrados, entre otras cuestiones previas, hicieron también referencia a la vulneración de un abanico de derechos fundamentales, la ilegitimidad de las acusaciones particulares o la parcialidad de la instrucción judicial de esta causa, tramitada por el juez Miquel Florit y el fiscal Juan Carrau.

También se apuntó a la inhabilidad del fiscal Tomás Herranz, que presenta acusación contra los seis acusados. Cabe recordar que Herranz fue el encargado de leer el escrito de conclusiones, entre lágrimas, del caso Cursach en el que se retiraban todas las acusaciones a los procesados y pedía perdón en nombre de la Fiscalía.

El fiscal Herranz atribuye al magistrado y fiscal de la fase de instrucción del caso Cursach delitos de revelación de secretos, obstrucción a la justicia, detención ilegal, prevaricación e inducción al falso testimonio.  Por su parte, para el Grupo de Blanqueo pide, por delitos de revelación de secretos, detención ilegal, prevaricación y obstrucción a la justicia, penas que suman más de 340 años de prisión.

A estas penas de cárcel se adhieren las presentadas por los abogados de Bartolomé Cursach, Bartolomé Sbert, Jaime Lladó y Antonio Bergas. En el escrito reclaman más de 200 años de cárcel y 338 años de inhabilitación, y multas que conjuntamente ascienden a 2,3 millones de euros por delitos continuados de revelación de secretos, obstrucción a la justicia, omisión del deber de perseguir delitos, prevaricación y coacciones.

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