Audiencia de Jaén

Condenado a prisión el padre que arrancó la oreja de un mordisco al maltratador de su hija

La sentencia aplica la eximente incompleta de legítima defensa ya que reaccionó con "excesiva brutalidad"

"No creo que le diese ningún bocado porque me faltan dientes", alegó en el juicio

"Parecía un pitbull enganchado a mi oreja", dijo el yerno

Los dos acusados durante el juicio.
Los dos acusados durante el juicio en la Audiencia de Jaén. (Foto: EP)
David García de Lomana

La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a un año y medio de cárcel a un hombre de 67 años que arrancó de un mordisco parte de la oreja del maltratador de su hija. Además de la pena de prisión, el padre deberá indemnizar a su ex yerno con 8.583 euros, lejos de los 20.000 que reclamaba inicialmente la Fiscalía y la acusación particular. La sentencia aplica la eximente incompleta de legítima defensa ya que su reacción fue «excesiva».

Los hechos se remontan al 22 de julio de 2021, cuando el acusado llegó a casa de su hija y vio cómo su ex la insultaba, la agredía y la amenazaba de muerte, todo ello delante de las dos hijas pequeñas de la pareja.

La sentencia recoge como hechos probados que el acusado, temiendo «por la integridad de su hija», se lanzó «de manera desproporcionada» a por él, «mordiéndole en la oreja con tal brutalidad» que le arrancó un cuarto de la misma.

El ex yerno también ha sido condenado por un delito leve de lesiones por los golpes que propinó a su ex suegro, a quien deberá indemnizar en 126,44 euros en concepto de responsabilidad civil.

Además, ambos acusados deberán indemnizar al Servicio Andaluz de Salud (SAS), como tercer perjudicado, en las cantidades que resulten por la atención médica dispensada a cada uno de ellos.

El juicio

Durante el juicio celebrado el pasado 20 de marzo, el hombre relató que al entrar en la casa, apresurado por haber escuchado los gritos de su hija y las amenazas de muerte de su ex pareja, únicamente sintió que el agresor se abalanzó sobre él y lo tiró al suelo, donde comenzó a darle puñetazos en la cabeza.

El padre declaró no recordar haber mordido la oreja de su ex yerno. «Fue él el que se abalanzó sobre mí. No creo que le diese ningún bocado porque me faltan dientes», afirmó ante el tribunal.

Como consecuencia del mordisco y de la fractura de dos dedos, la ex pareja de su hija tardó 55 días en curar. Como secuela le ha quedado la pérdida parcial del pabellón auricular derecho.

Por ello, el padre ha sido condenado por un delito de lesiones con deformidad con la eximente incompleta de legítima defensa por considerar que «no respondió a esa agresión de manera proporcional». «A pesar de que ejerció legítimamente el derecho de defensa por su hija, no fue proporcionado el método utilizado consistente en propinar un bocado en la oreja con tan excesiva brutalidad que le arrancó parte de la misma», recalca el tribunal.

La sentencia añade que «no cabe duda de que existió una agresión ilegítima» hacia su hija por parte de su ex, pero aprecia en la conducta del padre «un exceso defensivo en cuanto a la proporcionalidad del método utilizado que impide la apreciación de la eximente completa de legítima defensa». De haberla apreciado, el ahora condenado habría quedado exonerado de responsabilidad penal.

En el juicio, el ex yerno apuntó directamente a su ex suegro como autor del mordisco. «Parecía un pitbull enganchado a mi oreja; tuve que defenderme», indicó al tribunal para justificar los puñetazos que propinó al acusado.

La agresión a la mujer ya fue sentenciada en su día por el Juzgado de Violencia de Género, que condenó a su ex pareja sentimental por un delito de maltrato ocasional a 48 días de trabajos en beneficio de la comunidad, además de penas de prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima y la prohibición de tenencia y porte de armas.

La hija del acusado relató en el juicio que cuando llegó su padre, su ex pareja la tenía agarrada por el cuello diciéndole que la iba a matar. Anteriormente, según su testimonio, había entrado en la casa rompiéndolo todo a puñetazos. Es por ello que la defensa sostuvo que la pérdida de parte de la oreja pudo deberse a un corte con los restos de vasijas de cerámica rotas que se encontraban en el suelo, si bien el forense rechazó este extremo al determinar que la lesión del pabellón auricular era «más compatible» con una mordedura que con un corte. La sentencia no es firme y se puede recurrir en apelación ante el TSJA.

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