Aída Nízar se enteró de la prescripción de su denuncia por abusos contra Errejón por correo ordinario
La denuncia fue presentada en octubre de 2024, pero los hechos ocurrieron en mayo de 2015, durante un evento político
La reportera Aída Nízar se enteró de que su denuncia por abuso sexual contra Íñigo Errejón había sido archivada por una simple carta que recibió varias días después de que saliera la información en los medios. La comunicación le fue enviada por correo ordinario, sin informar previamente a su procurador, quien debería haber recibido notificación oficial para representar y defender los intereses de la denunciante. Esta prescripción se produce cuando se tiene sospecha de que hay otras víctimas de Errejón que no se atreven a denunciarle ya sea por miedo o por falta de recursos económicos.
«Es indignante que el sistema judicial español siga permitiendo que delitos de esta naturaleza queden impunes por el simple transcurso del tiempo. Los hechos denunciados, que revisten una gravedad indiscutible, han sido archivados debido a la prescripción legal», afirma Nízar a OKDIARIO. Esta decisión no solo perpetúa el sufrimiento de la víctima, «sino que envía un mensaje alarmante sobre la falta de prioridad que se da a este tipo de denuncias», dice la reportera.
En declaraciones exclusivas a OKDIARIO, Nízar ha expresado su indignación ante este desenlace: «Estoy indignada. Es increíble que Errejón se libre porque el presunto delito está prescrito. Ha sido un calvario de meses que me ha costado hasta 3.000 euros en abogados y todo para nada». La colaboradora televisiva ha querido enfatizar que «la denuncia no se archiva por ser falsa, sino porque ha prescrito el delito denunciado.
La denuncia, interpuesta el 29 de octubre de 2024 en la comisaría de Policía Nacional de Marbella, se produjo poco después de que trascendiera la denuncia de la actriz Elisa Mouliaá contra Errejón por una presunta agresión sexual en el año 2021.
Según el relato de Nízar, los hechos ocurrieron durante un acto en Barcelona, donde el político presuntamente realizó aproximaciones no consentidas, incluyendo un beso en la mejilla y un abrazo que ella rechazó por su connotación sexual, además de un presunto azote en las nalgas.
El auto judicial, siguiendo el criterio de la Fiscalía, aplica el principio de retroactividad favorable al reo, en este caso Íñigo Errejón, utilizando la ley vigente en el momento de los hechos (Ley Orgánica 5/2010 del 22 de junio). Esta normativa establecía penas de uno a tres años de prisión para el delito de abuso sexual, prescribiendo a los cinco años desde la comisión del presunto delito.
A pesar del resultado, Nízar mantiene su postura y espera que su caso sirva de ejemplo: «Sabía que mis chances eran pocas pero al menos que sirva para que otras mujeres que sufrieron lo que yo pasé se atrevan a denunciar».
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