La DGT lo deja claro: estos parasoles para el coche están prohibidos y pueden conllevar multa
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Con la llegada del calor, muchos conductores recurren a los parasoles como solución rápida y sencilla para proteger su vehículo, teniendo en cuenta que, en cuestión de minutos, el interior puede alcanzar temperaturas extremas que, en algunos casos, superan los 60 grados. Más allá de la temperatura, con el tiempo, los rayos solares pueden terminar agrietando el salpicadero y destiñendo los colores. Los parasoles, sobre todo los que tienen efecto espejo, ayudan a reflejar la radiación solar, manteniendo los interiores en mejor estado durante más tiempo.
Así, los parasoles son el accesorio estrella del verano para mucho conductores. Sin embargo, desconocen que no todos los modelos están permitidos por la Dirección General de Tráfico (DGT). Aunque pueda parecer un detalle menor, el organismo dirigido por Pere Navarro recuerda que cualquier objeto que se mantenga instalado en el parabrisas, por pequeño que sea, debe cumplir ciertas condiciones. Según el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, el conductor debe garantizar en todo momento una visibilidad clara hacia el frente y los laterales del vehículo.
Lo que dice la normativa de tráfico sobre los parasoles
El modelo más clásico y extendido es el parasol plegable de aluminio. Se trata de un accesorio que se despliega en forma de acordeón y se coloca entre el salpicadero y el parabrisas, cubriendo toda la superficie frontal del vehículo. Este tipo de parasol es eficaz, económico y fácil de guardar cuando no se utiliza.
En los últimos años, sin embargo, han ganado popularidad otros modelos más modernos. Hablamos de parasoles con mecanismos enrollables, algunos de los cuales se instalan permanentemente en el parabrisas gracias a ventosas o estructuras laterales. Su principal ventaja es la comodidad: no hay que quitarlo y ponerlo cada vez que aparcamos, basta con extenderlo o recogerlo en un segundo.
Sin embargo, esa aparente practicidad no está exenta de inconvenientes. Algunos modelos, especialmente los que permanecen instalados en el parabrisas de forma permanente, pueden suponer un obstáculo visual. Incluso cuando están retraídos, sus estructuras laterales o elementos de sujeción pueden invadir el campo de visión del conductor. Esto es precisamente lo que ha llevado a la DGT a pronunciarse al respecto.
Entonces, ¿me pueden multar por llevar un parasol? La respuesta corta es sí, aunque depende del tipo de parasol y de cómo esté instalado. No es lo mismo un parasol plegable que se guarda cada vez que se usa, que uno fijo que permanece en el parabrisas permanentemente. En este último caso, la carcasa, las ventosas o incluso el marco del dispositivo pueden estar justo en el campo visual del conductor.
Al tratarse de una infracción relacionada con la visibilidad, la valoración queda en manos del agente. Es decir, si considera que ese parasol puede interferir aunque sea mínimamente con la visión, tiene la potestad de imponer una sanción. Las multas, dependiendo de la gravedad, pueden oscilar entre los 80 y los 200 euros.
Modelos
La opción más segura sigue siendo el parasol clásico que se retira por completo tras su uso. Siempre que se guarde adecuadamente y no se deje en una posición que entorpezca la conducción, no hay ningún inconveniente legal.
También existen modelos que se adhieren mediante electrostática o imanes al cristal, pero se deben retirar completamente antes de arrancar el coche. Es fundamental que ningún componente quede fijo o visible dentro del campo de visión, ya que esto es lo que puede derivar en una infracción.
Otra alternativa válida son los cristales tintados homologados, que ayudan a reducir la radiación solar sin necesidad de añadir elementos adicionales. Ahora bien, su instalación se debe realizar en centros autorizados y respetando los niveles permitidos por ley.
En los meses de verano, los parasoles se convierten casi en una extensión más del vehículo. Son prácticos, asequibles y ayudan a que entrar en el coche después de varias horas al ol sol no se sienta como abrir la puerta de un horno. Sin embargo, su uso no está exento de riesgos si no se realiza con sentido común y dentro del marco legal. Lo que muchos desconocen es que ciertos tipos de parasoles, especialmente aquellos que permanecen instalados de forma fija o con estructuras laterales visibles, pueden acarrear sanciones si interfieren con la visibilidad del conductor.
La DGT no prohíbe los parasoles en sí, pero sí advierte sobre los modelos que, por diseño o mala colocación, suponen una distracción o reducen el campo visual. No se trata sólo de evitar una multa, que puede oscilar entre los 80 y 200 euros, sino de prevenir situaciones peligrosas en carretera. La seguridad vial empieza por ver con claridad todo lo que sucede a nuestro alrededor.
Así que, si vas a seguir usando parasol este verano (algo más que recomendable), hazlo con criterio. Elige un modelo homologado, retíralo por completo antes de conducir y asegúrate de que no queda ningún elemento que obstruya tu visión.
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