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Adiós al carril izquierdo en España: la novedad de la DGT que lo cambia todo

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La Dirección General de Tráfico (DGT) está preparando una importante reforma para el Reglamento General de Circulación que entrará en vigor antes de finales de 2025. Esta reforma incluye varias medidas con el objetivo de mejorar la seguridad vial, optimizar el flujo de tráfico y adaptarse a las nuevas realidades de las carreteras españolas. Las novedades que se implementarán reflejan una apuesta por la eficiencia y la seguridad, adaptándose a las necesidades y a los hábitos de los conductores.

Uno de los puntos más destacados tiene que ver con cómo se debe circular en autopistas y autovías cuando las condiciones meteorológicas se complican, en especial con la presencia de nieve o placas de hielo sobre la calzada. Hasta ahora, muchos conductores continúan utilizando ambos carriles incluso en situaciones de riesgo, pero esto cambiará. Con la nueva normativa, todos los vehículos estarán obligados a permanecer en el carril derecho, quedando terminantemente prohibido adelantar en estas circunstancias.

Prohibido circular por el carril izquierdo

La DGT tiene previsto introducir una modificación clave en el Reglamento General de Circulación, que comenzará a aplicarse en 2025. Esta actualización responde a la necesidad de adaptar las normas de conducción a situaciones meteorológicas adversas, en particular a escenarios de nevadas intensas o presencia de hielo sobre la calzada.

Una de las principales novedades será la obligación de circular exclusivamente por el carril derecho en autopistas y autovías cuando se activen protocolos por condiciones climáticas severas. Quedará totalmente prohibido adelantar en esos momentos. El propósito de esta medida es liberar el carril izquierdo para su uso exclusivo por vehículos de emergencia y máquinas quitanieves, que necesitan actuar con rapidez para garantizar la viabilidad de las carreteras.

Este cambio normativo se incluirá como un nuevo apartado dentro del artículo 31 del reglamento, y no afectará a todas las situaciones de circulación, sino únicamente a aquellas marcadas por alertas meteorológicas. Con esta disposición, se busca agilizar la respuesta de los equipos de emergencia y mantenimiento, evitando que se vean retenidos entre vehículos detenidos o circulando indebidamente por carriles que deberían estar despejados.

Tal como lo explicó Ana Blanco, subdirectora adjunta de Circulación de la DGT, el nuevo protocolo tiene un fundamento práctico: «Cuando las condiciones son críticas, como en episodios de nieve o placas de hielo, si todos los carriles están ocupados, los servicios que deben limpiar o asistir no pueden pasar. Esta medida es esencial para garantizar la seguridad de todos».

A partir de la entrada en vigor de esta modificación, los conductores deberán prestar especial atención a las indicaciones luminosas, señales temporales y alertas emitidas por los sistemas de información vial. Estas herramientas ayudarán a identificar cuándo se activa la restricción y qué comportamientos se esperan de los usuarios de la vía.

Novedades para motoristas

Otro de los puntos más destacados de esta reforma es la autorización para que los motoristas circulen por el arcén derecho en situaciones de retención. Este cambio responde a una realidad muy presente en las carreteras interurbanas: a menudo recurren al arcén para adelantar y sortear el tráfico en momentos de congestión. Sin embargo, hasta ahora no existía una base legal que permitiera esta práctica, lo que generaba cierta inseguridad jurídica para quienes la llevaban a cabo.

La nueva medida tiene como objetivo dar respaldo legal a una costumbre que ya se venía utilizando de forma extendida entre los motoristas. De esta manera, se establece una regulación que garantiza que el uso del arcén se realice bajo ciertas condiciones, protegiendo tanto a los motoristas como al resto de los conductores. Las autoridades han subrayado que el objetivo es ofrecer mayor fluidez al tráfico, sin poner en riesgo la seguridad de los usuarios de la vía.

El cambio se materializa en una modificación del artículo 36 del Reglamento General de Circulación. Según la nueva normativa, solo se permitirá que los motoristas utilicen el arcén derecho en vías interurbanas, pero únicamente cuando haya una retención de tráfico que impida el flujo normal de los vehículos.

Además, se establece que la velocidad máxima para circular por el arcén será de 30 kilómetros por hora, lo que busca evitar que los motoristas se desplacen a una velocidad que pueda poner en peligro su seguridad. También se insiste en que los motoristas deberán respetar las prioridades de otros vehículos, especialmente de las bicicletas, que también tienen derecho a utilizar el arcén en determinadas circunstancias.

La reforma del Reglamento General de Circulación que la DGT tiene prevista para 2025 busca mejorar la seguridad en las carreteras. Medidas como la autorización para que los motoristas circulen por el arcén en situaciones de retención, las nuevas restricciones en condiciones meteorológicas adversas y la creación de un pasillo central para vehículos prioritarios son ejemplos de cómo la normativa se está ajustando para hacer frente a las necesidades de los usuarios y a los desafíos del tráfico actual.

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