Elecciones Madrid: ¿qué ocurre si me llaman para estar en una mesa electoral en día laborable?
Los trabajadores llamados a las mesas electorales tendrán el permiso retribuido a jornada completa y un extra de cinco horas para el día inmediatamente posterior.
Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, ha decidido convocar elecciones anticipadas para el próximo 4 de mayo para poder evitar así la moción de censura que han planteado desde Ciudadanos y PSOE en la región de Murcia. Pero, ¿Por qué el día 4 de mayo que es un día laboral? Pues precisamente porque serán los 54 días naturales que deben pasar entre la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Pero, ¿Qué ocurre si me llaman para una mesa electoral en un día laboral? ¿Puedo acudir sin que perjudique a mi trabajo?
Permisos que tienen los miembros de una mesa electoral
Los ciudadanos que hayan sido nombrados como presidentes o vocales de las mesas electorales, tendrán un permiso retribuido a jornada completa. Además, también tendrán un permiso de reducción de jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior. Hay que tener en cuenta que el recuento de votos suele acabar bastante tarde, por lo que esas horas extras resultan necesarias para los trabajadores.
Por otra parte, también podrán disfrutar de una dieta el día de las elecciones mientras se encuentran prestando ese servicio a la Comunidad de Madrid en el día de la democracia.
La ley electoral, además, dicta que todas las personas que son llamadas a las mesas para desempeñar funciones como miembro de una mesa electoral, está especialmente protegida por el sistema de la Seguridad Social.
¿Y si me llaman de suplente? ¿Tengo que acudir?
Esta es una duda que siempre está vigente en aquellos que han sido llamados como suplentes. ¿Es necesario acudir? La respuesta es que sí. Los suplentes deben presentarse en el colegio electoral.
En caso de que su presencia no sea necesaria porque las mesas se han constituido sin problemas, deberán volver a sus respectivos puestos de trabajo sin derecho al permiso retribuido ya que no tienen que ejercer ninguna función en las mesas electorales.
Lo que sí tendrán serán los permisos pertinentes para poder ejercer su derecho al voto durante la jornada laboral.
Y si el trabajador tiene turno de noche, ¿Tendrá que acudir al trabajo durante las elecciones Madrid?
Si un trabajador que es llamado a la mesa electoral tiene turno de noche en su trabajo, podrá solicitar el cambio de turno a la empresa y esta no se podrá negar.
El día siguiente de las elecciones deberá volver al trabajo, aunque también podrá disfrutar de esa reducción de 5 horas que todos los miembros de la mesa tienen disponible.
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