Urkullu tienta a los etarras huidos con un plan de reinserción ‘a la carta’ tras asumir las cárceles
Tras recibir las competencias de Prisiones, el Gobierno vasco se dispone a acometer su plan de reinserción para los presos, incluidos los condenados de ETA. El modelo penitenciario diseñado por el PNV tiene su base en el documento Hitzeman, de 2014, en el que se expone la intención de suavizar las condenas con un sistema de reinserción en el que el preso tiene un alto poder de decisión. El documento recoge que ese programa se aplicará no sólo a los presos, también a las personas «huidas». En la actualidad, hay medio centenar de etarras en busca y captura.
Sin pedir perdón
El plan contempla «cuatro itinerarios de contribución a la paz y a la convivencia cuya asunción satisfactoria por parte de personas presas condenadas por delitos de terrorismo facilite o, en su caso, agilice el informe favorable a los procesos de reintegración social».
Así, podrán elegir entre desarrollar la «colaboración» con universidades e instituciones académicas, con organizaciones de la sociedad civil, con ayuntamientos o bien con otras instituciones o con «proyectos concretos de solidaridad».
A los presos sólo se les exige que «asuman la responsabilidad del presente y el futuro sobre la base de una reflexión crítica del pasado». En ningún momento se menciona la petición de perdón a las víctimas.
El Gobierno vasco defiende que el programa que pretende aplicar a los etarras «se entronca en el espíritu y contenido del principio de reinserción que la Constitución española consagra». «Según su artículo 25.2, las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reeducación y resocialización de las personas presas. Esta explicitación constitucional cobra un valor y relevancia especialmente destacado en un contexto de cese definitivo del terrorismo de ETA, puesto que esta circunstancia implica la desaparición de la amenaza de reincidencia en ese tipo de delitos», añade.
«En consecuencia, las condiciones sociopolíticas para desplegar políticas tendentes a la reinserción son propicias. No sólo eso, a ello debe añadirse la incidencia netamente positiva que una política penitenciaria legal, consensuada y orientada a la resocialización puede tener en la normalización social de la convivencia».
Entre sus objetivos figura «articular un proceso de acercamiento de los/as presos/as a cárceles próximas a sus lugares de residencia porque así lo establece la legislación penitenciaria» (según la Asociación de Víctimas del Terrorismo, sólo una decena de presos permanece aún alejado de sus lugares de origen); «aplicar con normalidad e igualdad de trato los beneficios penitenciarios ordinarios que por derecho corresponden a los/as presos/as», «dar continuidad a procesos como los talleres de convivencia y los encuentros restaurativos en línea con lo que dicta, en este sentido, la reciente Directiva Europea de Víctimas», «establecer soluciones humanitarias para los/as presos/as enfermos/as» y «aplicar, en base el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, medidas legales para abordar la situación de aquellas personas presas cuyas condenas están relacionados con actividades políticas, antes ilegalizadas, y ahora normalizadas».
Semilibertad
La transferencia se hará totalmente efectiva a partir del 1 de octubre. El Gobierno vasco establecerá entonces un régimen de semilibertad inicial para penas de hasta cinco años. Además, prevé la posibilidad de crear de módulos mixtos en los que puedan convivir ambos sexos. Según ha asegurado el Ejecutivo de Urkullu, el tratamiento de los presos de ETA será “sustancialmente idéntico” al que reciban el resto de los reclusos.
El documento Bases para la implantación del modelo penitenciario de Euskadi, que recoge los criterios que guiarán la gestión de las prisiones, se fija el objetivo de conseguir que “un mayor número de personas privadas de libertad cumplan sus condenas en un régimen de semilibertad”. El Gobierno vasco también aspira a “mejora la situación” de los reclusos y de alcanzar su “eficaz inclusión social”.
En uno de los apartados del texto, que únicamente dedica a esta cuestión un párrafo de las 14 páginas que tiene todo el documento de bases, se subraya que «el tratamiento de las personas privadas de libertad con condenas de larga duración que han cometido delitos de terrorismo como miembros de ETA ha de ser sustancialmente idéntico que él que se realice con otras personas que estén internadas en los centros penitenciarios del País Vasco, por lo que las decisiones y medidas contenidas en este documento podrán ser también aplicables a aquellas».
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